Recuperación de la titularidad de una residencia de larga duración UE.
La autorización de residencia de larga duración o larga duración UE se puede recuperar:
- Cuando la autorización de residencia de larga duración-UE se hubiera extinguido por la ausencia del territorio de la Unión Europea durante 12 meses consecutivos.
- Cuando la autorización de residencia de larga duración-UE se hubiera extinguido por la adquisición de la residencia de larga duración-UE en otro Estado miembro.
- Cuando la autorización de residencia de larga duración-UE se hubiera extinguido por haber permanecido durante un periodo superior a seis años fuera del territorio español.
¿Cuál es la normativa que se aplica para la recuperación de la Tarjeta de Larga Duración Unión Europea?
Directiva 2003/109/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003 relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración.
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de Enero sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículo 32).
Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 160 y 161).
¿Qué requisitos se han de cumplir para la recuperación de la Tarjeta de Larga Duración Unión Europea?
No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
No encontrarse irregularmente en territorio español.
Haber sido titular de autorización de residencia de larga duración-UE.
Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
Disponer de recursos fijos y regulares para su manutención y, en su caso, de la familia que estuviera a su cargo. Para unidades familiares que incluyan dos miembros se exigirá una cantidad que represente el 150% del IPREM (799 euros para este año 2014), por cada miembro adicional se deberá sumar un 50% más (266 euros para este año 2017).
Los recursos podrán provenir de recursos propios o de la realización de actividades laborales o profesionales.
Disponer de seguro de enfermedad público o privado concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España.
¿Qué documentos han de presentarse para la solicitud de recuperación de la Tarjeta de Larga Duración Unión Europea?
Copia del pasaporte completo o título de viaje en vigor.
Certificado de antecedentes penales o documento equivalente, en caso de ser mayor de edad penal, expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.
Documentación acreditativa de disponer de seguro de enfermedad.
Documentación acreditativa de los recursos fijos y regulares suficientes para su manutención y, en su caso, la de su familia.
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Gracias por la información. Saludos.
Hola,Perdonome pero tengo una pregunta- tengo tarjeta de residencia larga duracion (14 anos vivia y trabajava en Malaga)pero por causas familiares no pude a volver a tiempo puedo ahora cruzar el borde sin problem as?Gracias.
Mi tarjeta – x5018041-Q valido hasta 04.02.2021
Hola
Tengo resdencia de larga duracion la policia mi expulsé 5ans paso 3ans y medio,
Me pregenta peudo recopera o no ahora esta ducada
Gracias