La acumulación de expedientes en las Oficinas de Extranjería es un problema persistente en el tiempo, con el cual continuamente lidiamos. Permisos iniciales – como el de residencia temporal de familiar de ciudadano de la Unión o el arraigo familiar – presentan demoras de seis a ocho meses frente al plazo legalmente establecido de tres. Ante esta situación se plantean varias cuestiones jurídicas clave que debéis comprender:
Silencio administrativo negativo
Transcurridos tres meses desde la presentación sin resolución expresa, la solicitud inicial se considera denegada por silencio administrativo negativo. A partir de ese momento existen dos vías: el recurso potestativo de reposición, que resuelve el mismo órgano que inicialmente tenía la competencia para resolver; y, en segundo lugar, el recurso contencioso administrativo. En este segundo caso, la jurisdicción corresponde a los juzgados de lo contencioso administrativo.
¿Tiene sentido recurrir?
En la práctica, estos recursos añaden tiempo (un procedimiento contencioso puede prolongarse hasta un año) sin garantizar un resultado favorable si la Administración mantiene su criterio denegatorio. Cuando la demora se ajusta a las fechas de resolución orientativas que publican las propias Oficinas de Extranjería, el recurso raramente acelera el trámite.
Escritos de impulso: eficacia limitada
Ahora, presentar escritos de impulso procesal, que no son más que recordatorios o solicitudes de información fuera de los cauces legales no surte efecto. La normativa solo reconoce los recursos citados anteriormente. Cualquier otro documento no obliga a la Administración a resolver antes la solicitud.
Nuestras recomendaciones
- Verificar plazos reales: Debe constatar la evolución semanal de resoluciones. Si su solicitud es en la oficina de extranjeros de Barcelona, sabemos resulta imposible saber con certeza los tiempos de resolución y para ello te recomendamos consultar las fechas que cada día actualizamos con las resoluciones que recibimos.
- Valorar el recurso contencioso en función de la demora y si la resolución negativa afecte el desenvolvimiento de su vida personal o profesional (pérdida de oportunidades laborales, caducidad de documentos, etc.).
La realidad es que mientras continúe la sobrecarga administrativa, la vía más realista –aunque no es la deseada– sería esperar a que la Oficina resuelva, manteniendo actualizada la situación personal (empadronamiento, pasaporte, antecedentes) para evitar nuevos requerimientos.
Pero, como cada caso es particular, nuestra recomendación es valorar tu caso con especialista que te pueda asesorar.
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