Instrucción de la Dirección General de la Policía/Comisaría General de Extranjería y Fronteras
A. NO ES NECESARIO SOLICITAR AUTORIZACIÓN DE REGRESO:
1. Si usted va a regresar a España entre el 17 de noviembre de 2016 y el 16 de enero de 2017, NO viaja en avión y se encuentra en uno de los siguientes casos:
a. Tiene en trámite la renovación de su autorización.
b. Tiene concedida la renovación y la fecha para comparecer en la Oficina de expedición de la TIE (para realizar el trámite de la huella) es posterior a la fecha de salida de España.
2. En el puesto fronterizo terrestre o marítimo, deberá presentar la siguiente DOCUMENTACIÓN, que sustituye a la autorización de regreso:
• Pasaporte o documento de viaje en vigor.
• Tarjeta caducada.
• Resguardo de la solicitud de renovación.
B. ES NECESARIO SOLICITAR AUTORIZACIÓN DE REGRESO:
En cualquier otro supuesto distinto de los señalados en la letra A.
Con motivo de la modificación introducida en el Reglamento 562/2006, de 15 de marzo por el que se establece el Código de Fronteras Schengen, la autorización de regreso sólo será documento válido para cruzar la frontera a través de puestos fronterizos españoles y no a través de otros puestos de cualquier otro Estado Schengen.
Artículos relacionados:
Últimas novedades Nacionalidad Española
Real Decreto 1004 de 2015 Reglamento Nacionalidad Española Legalteam
España denegó en el último año (2014) 33.058 solicitudes de Nacionalidad Española
Instrucción sobre la concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.
¿Puedo Jurar la Nacionalidad Española en un Consulado español?
¿Sabes qué sucede si tienes la doble nacionalidad?
Completa sobre la Ley de concesión de nacionalidad española a sefardíes.
Estado actual del Plan Intensivo de Nacionalidad Española 2015 y otros apuntes de interés
Guía práctica para quienes han obtenido la Nacionalidad Española
¿Cuándo puedo pedir la Nacionalidad Española?
Si no tengo trabajo ¿puedo solicitar la Nacionalidad Española?
de familia pero quiero pedirle la nacionalidad. ¿Puedo?
Mi hijo ha nacido en España ¿es español?
Comienzan a conceder “de golpe” Nacionalidades de marzo a julio de 2014
Queremos daros las gracias por leernos y por ver nuestros vídeos explicativos.
Puedes seguirnos en Facebook
Legalteam

Nota: aunque en esta web de Legalteam intentamos exponer artículos y vídeos con información general, si usted tuviera alguna duda o consulta o desea ampliar esta información puede enviarnos un mail a info@legalteam.es
Compartir






