Muchas personas solicitan la nacionalidad alegando que están empadronadas en un determinado domicilio y mientras el procedimiento está en trámite se cambian de domicilio y no lo notifican al Ministerio de Justicia.
Siempre debe notificarse un cambio de domicilio en la solicitud porque ¿qué Registro Civil será el competente para los trámites de jura e inscripción?
Pues bien, el Registro Civil competente para estos trámites (jura e inscripción) es el del domicilio que conste en la resolución de concesión.
Si quieres evitar problemas a la hora de la Jura, no olvides este consejo: si te cambias de domicilio, adjunta el nuevo empadronamiento a tu solicitud.
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