Usted puede denunciar a su empresa o empleador si le han contratado de forma irregular ante la inspección de trabajo. El Acta de Infracción que expide la Inspección de Trabajo le servirá para poder tramitar su Arraigo Laboral en virtud del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos 123 a 130). Claro que para ello deberá demostrar un vínculo laboral de al menos seis meses y que lleva un mínimo de dos años residiendo en territorio español.
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