Consejos prácticos de Legalteam sobre Nacionalidad Española

– ¿Cuándo puedo pedir la Nacionalidad Española? Si usted es latinoamericano, filipino, ecuatoguineano o portugués, a los dos años de residencia legal, continuada y efectiva en España. Si usted está casado con español o nacido en España, al año de residencia. Si no es de los países antes mencionados son necesarios 10 años de residencia en España.


– No te desesperes para la Tramitación de la Nacionalidad española.

Pasos:

1) Solicita cita si cumples con los requisitos legales para obtenerla.

2) Presenta la documentación.

3) Espera a que te llegue la carta de Madrid.

4) Espera a que te llame la Policía para la entrevista.

5) Espera la resolución.

6) Jura Bandera.

7) Espera a tener el Certificado de Nacimiento español.

8) Pon las huellas en Policía para hacerte el DNI y pasaporte español.


– A la hora de tramitar la Nacionalidad española mejor aportar los certificados de antecedentes penales y otros documentos de los países de origen con una validez de no más de 3 meses. Evita que te denieguen tu solicitud porque argumenten que tus documentos ya están caducados. Esto evitará hacer un Recurso (que significa tiempo y dinero).


– No esperes a los dos años de residencia legal (si eres latinoamericano) para pedir la cita de Nacionalidad. Juega con los plazos de cada Registro Civil; pues ten en cuenta que las citas tardan mucho tiempo y así te ahorrarás tiempos de espera .


– Si ciertamente la tarjeta de estudiante computa para la Larga Duración UE, no computa para la solicitud u obtención de la Nacionalidad Española porque el supuesto de Nacionalidad habla de «residencia» y no de «estancia». No olvidemos que las tarjetas de estudiante suponen «estancia» pero no «residencia». 


– Si estás tramitando la Nacionalidad Española y te cambias de domicilio o de municipio; o de Comunidad Autónoma, no olvides notificarlo al Registro Civil. Evita dilaciones y que tu expediente termine en un cajón. Haznos caso, es más común de lo que imaginas. 


– Si ya te han concedido la Nacionalidad Española recuerda que solo tienes 180 días desde que te lo han notificado para hacer el Juramento o Promesa. Pasado este período se archivará tu expediente. 


– Si acabas de obtener la Nacionalidad Española, no pierdas tiempo y tramita la Nacionalidad «por opción» a tus hijos. No importa que se encuentre o no en España.

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1 respuesta

  1. omar tapia dice:

    hola por favor quiero saber que debo de llevar para hacer la jura en el registro civil de bcn,tengo la residencia comunitaria vencida y estoy en mi país de origen por motivos económicos,me concedieron la nacionalidad,habia presentado un recurso y me fue favorable,solo quiero saber que puedo presentar de documentos,solo tengo pasaporte al dia,no asi la residencia,muchas gracias por su cooperacion

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