Oficina del Defensor del Pueblo en España

Defensor de Pueblo pide garantizar derecho a trabajo de solicitantes de asilo

El Defensor del Pueblo ha reclamado al Gobierno que se garantice el derecho al trabajo de los solicitantes de asilo en España, ya que genera «situaciones injustas o perjudiciales» para los inmigrantes por lo que sugiere «el urgente cambio de proceder».

De esta manera el organismo supervisor ha respondido a un escrito remitido por la Clínica Jurídica de Acción Social de la Universidad de Salamanca (Usal) en el que se desvelaban los incumplimientos del Estado en la denegación de asilos políticos a inmigrantes que llegan a España al no incorporar en su ordenamiento jurídico las directivas europeas sobre los solicitantes de protección internacional.

En un informe realizado por esta Clínica de la Universidad de Salamanca se especifica que los migrantes que reclaman en España protección internacional tienen derecho a la sanidad pública y a la posibilidad de un trabajo, y cuando el Estado resuelve de manera negativa esta solicitud se pierden de manera inmediata estos derechos, a pesar de que esa decisión es recurrida por el migrante.

«Estas personas, de pronto, han perdido todos los derechos de los que estaban disfrutando y de los cuales deberían seguir disponiendo, según dos directivas europeas y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), hasta que la decisión sobre su solicitud de protección internacional adquiera el carácter de definitiva», se añade en el estudio.

Ante esta situación, las profesoras Antonia Durán y Nuria del Álamo, de la Clínica Jurídica de Acción Social, remitieron un escrito al Defensor del Pueblo en el que reclamaban que se adoptaran medidas para frenar esta situación.

El organismo supervisor respondió, con fecha 23 de marzo, y advirtió de que la situación actual «preocupa al Defensor del Pueblo» ya que se ha llegado «al convencimiento de que el procedimiento que se sigue provoca situaciones injustas o perjudiciales para los administrados por lo que se ha de sugerir el urgente cambio de proceder en este asunto».

«El Defensor del Pueblo considera que la práctica actual por la que desde la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) se comunica a la Policía Nacional que se ha denegado la solicitud de protección internacional, quien a su vez se lo comunica a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), produce perjuicios de imposible reparación ya que esta información no es completa, o no está actualizada, por lo que debe cesar de inmediato», ha añadido.

También ha considerado como «preocupante» que no se dé cuenta de «una cuestión particularmente relevante como es la interposición, por parte del ciudadano solicitante de protección internacional, de recursos administrativos o judiciales, en los que ha podido solicitar la suspensión del acto administrativo que recurre».

Por ello, ha recordado a la Dirección General de la Policía, del Ministerio del Interior, que le «incumbe garantizar el disfrute de los derechos reconocidos a los solicitantes de protección internacional hasta que recaiga resolución definitiva», es decir «hasta que ya no quepa recurso alguno contra ella».

Y recuerda, también, a la Tesorería General de la Seguridad Social que le «incumbe garantizar el disfrute de los derechos reconocidos a los solicitantes de protección internacional hasta que recaiga resolución definitiva».

Fuente: Cope

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