¿Qué son «controles de filtro de llegadas internacionales»? Por qué de esos controles remiten propuestas de extinción de Permisos de Residencia?

En los últimos días estamos notando un considerable aumento de notificaciones por parte de las oficinas de extranjería en todo el territorio español de inicio de extinción de los permisos de residencia y/o trabajo de muchos extranjeros que son titulares de un determinado permiso de residencia en España (procedimiento de inicio de extinción y trámite de audiencia) a instancia de la Policía nacional, Ministerio de Interior, que está realizando controles en los «filtros de llegadas internacionales» de los distintos aeropuertos españoles.

¿Esto qué significa? Significa que el Grupo de Admisión en Fronteras de los puestos fronterizos en aeropuertos (Policía nacional, Ministerio del Interior) realiza controles en sus bases de datos de llegadas internacionales y detecta que un determinado ciudadano extranjero que reside legalmente en España ha estado fuera del territorio español más del tiempo legalmente establecido por la Normativa RD 557/2011 y remite esta información a las distintas oficinas de extranjeros para que estas inicien procedimientos para extinguirle los permisos a dichos extranjeros si detectan que el extranjero ha estado más del tiempo legalmente establecido fuera de la Unión Europea. Téngase en cuenta que estar fuera de la Unión Europea más del tiempo que establece la Normativa es uno de los motios de extinción de un determinado permiso.

Por eso reiteramos en la importancia de conocer qué tiempo puede un extranjero con un determinado permiso de Residencia en España salir fuera de España y/o de la Unión Europea.

Con profunda tristeza recibimos cada día un elevado número de extranjeros en nuestro despacho que nos traen resoluciones de extinción o de denegación de renovación de un determinado permiso de residencia y/o trabajo por algo tan simple como el hecho de haber estado fuera del territorio español más del tiempo reglamentariamente establecido. Personas que cuando llegan a nosotros ya nada o casi nada podemos hacer. Y esto nos deja atónitos, como si se nos quedaran los brazos cruzados sobre todo en aquellos casos de personas que quieren acceder a una Tarjeta de Larga Duración y les son denegadas sus solicitudes precisamente por este tema.

En este artículo , Legalteam te detalla todos los supuestos que contempla la Normativa de Extranjería

a)    Para residentes no comunitarios (Real Decreto 511/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social):

  • La autorización de residencia temporal (dos años) se extinguirá por la permanencia fuera de España durante más de seis meses en un período de un año”. (Art. 162, 2 e)
  • La vigencia de la autorización de residencia de larga duración se extinguirá “por la permanencia fuera de la UE durante más de 12 meses consecutivos”. (Art. 166, 1 c).
  • Tendrán derecho a solicitar una Tarjeta de Larga Duración  aquellas personas que logren demostrar cinco años de residencia ininterrumpida en territorio español. La continuidad a no quedará afectada por ausencias del territorio español de hasta seis meses continuados, siempre que la suma de éstas no supere el total de diez meses dentro de los cinco años, salvo que las correspondientes salidas se hubieran efectuado de manera irregular.En caso de ausencias por motivos laborales, la continuación de la residencia no quedará afectada por ausencias del territorio español de hasta seis meses continuados, siempre que la suma de éstas no supere el total de un año dentro de los cinco años requeridos.En el caso de solicitud de una autorización de residencia de larga duración en base a lo previsto en el segundo párrafo del apartado anterior, la continuidad de la residencia como titular de una Tarjeta azul-UE no quedará afectada por ausencias de la Unión Europea de hasta doce meses continuados, siempre que la suma de éstas no supere el total de dieciocho meses dentro de los cinco años de residencia requeridos. (Art. 148)

b)    Para residentes familiares de un ciudadano de la Unión (Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo).

  • Con tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión (5 años o menos): La vigencia de la autorización de residencia se extinguirá por la permanencia fuera del espacio europeo durante más de 6 meses consecutivos. No obstante, dicha vigencia no se verá afectada por las ausencias de mayor duración del territorio español que se acredite sean debidas al cumplimiento de obligaciones militares o, que no se prolonguen más de 12 meses consecutivos y sean debidas a motivos de gestación, parto, posparto, enfermedad grave, estudios, formación profesional, o traslados por razones de carácter profesional a otro Estado miembro o a un tercer país.  Si estás vinculado a una ONG y te has ido fuera de España por ser cooperante, no te afectaría el tiempo que has estado fuera.
  • Con tarjeta de residencia permanente (10 años): Las interrupciones de residencia no superiores a dos años no afectarán a la vigencia de la tarjeta de residencia de larga duración (Art. 11.3)

¿Puedo regresar si he pasado más de 12 meses fuera y mi tarjeta está caducada?

Si comprueban que en el plazo de un año, has estado fuera más de seis meses, podrían ponerte problemas a la hora de entrar porque tu tarjeta se entiende caducada si comprueban que has estado fuera ese tiempo.

Lo cierto, es que puedes alegar a la hora de entrar a España que aunque tu tarjeta esté caducada, sólo está caducada su vigencia pero el derecho lo sigues teniendo si se siguen dando las mismas circunstancias por las que te concedieron dicha tarjeta, es decir, si te decides a volver pasado el tiempo de esos 6 meses fuera, procura traerte contigo toda la documentación que acredite que tienes derecho a entrar, como el certificado de matrimonio expedido recientemente (si la tarjeta la tienes por ser esposa de ciudadano de la Unión), certificado de empadronamiento donde constéis ambos inscritos, etc.

En principio, si se acredita que estás en uno de los supuestos de aplicación del régimen comunitario (cónyuge, descendiente menor de 21 años, etc), no te podría ser denegada la entrada en España. No obstante, podría ocurrir que las autoridades de tu país, no te dejen salir si comprueban que has estado fuera de España más de 6 meses.

Estas situaciones son las que pueden llegar a pasar, lo que no significa que necesariamente te vaya a ocurrir pero existen grandes posibilidades de que puedas tener problemas.

Perder la Nacionalidad Española

Dice el artículo 24 del Código Civil que “pierden la nacionalidad española los emancipados que, residiendo habitualmente en el extranjero, adquieran voluntariamente otra nacionalidad o utilicen exclusivamente la nacionalidad extranjera que tuvieran atribuida antes de la emancipación.

La pérdida se producirá una vez que transcurran tres años, a contar, respectivamente, desde la adquisición de la nacionalidad extranjera o desde la emancipación.

No obstante, los interesados podrán evitar la pérdida si dentro del plazo indicado declaran su voluntad de conservar la nacionalidad española al encargado del Registro Civil”.

Por tanto, la pérdida no depende del tiempo de ausencia, sino del uso exclusivo de la nacionalidad tuya de origen.

¿Realmente la Tarjeta de Larga Duración es de cinco años? La respuesta es no y te explicamos por qué.

Muchas personas nos preguntan si la Tarjeta de Larga Duración es de cinco años. Pues bien, debemos aclarar que la autorización de residencia de larga duración es indefinida. Lo que dura 5 años es la Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) que hay que renovarla cada 5 años. La caducidad de la tarjeta (TIE) no conlleva la extinción de la condición de residente.

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8 Respuestas

  1. Pepe dice:

    Me parece tremendo. Así es nuestro país

  2. Marco dice:

    Qusiera saber si los “controles de filtro de llegadas internacionales” abarcan tambien los vuelos internos de la UE (teniendo en cuenta que no hay control policial en frontera).

    Muchas gracias

  3. Sandra caballero madrid dice:

    Ya fui i no me dejaron entrar i ahora como puedo ir de nuevo como puedo octener una carta de invitación invitada por su país

  4. Gildardo Álvarez dice:

    Hola buenas tardes. Soy de nacionalidad colombiano. Llegue al pais hace 17 meses y me encuentro en situacion irregular. bine al pais debido a que mi hijo me nacio con simdrome de down. el tratamiento y la salud es nuestro pais es totalmente mediocre. Tome la decisión de perder todo, para poder ver a mi hijo crecer como un niño normal. Y sin ningun problema de salud. Aca en badajoz logre conseguir el cetificado de minusvalía y me le avalaron el 39%. Lo tengo en atencion temprana y tratamiento medico. Mi pregunta puedo regularizar la estadía aca en el pais?

  5. Luciano Pereira da silva dice:

    Cuanto tempo en España puedo pedir la primera tarjeta de residencia. Ya tengo una propuesta de trabajo.

  6. Mohammed dice:

    Hola
    Tengo residencia larga duraccion ,2014 me entran en carcel 7meses decarcl,sin derchos humanos o respect la ley,mo expolsen.
    Mi pregunta al séniors uno de residencia de larga duracion y tenia solo 7 meses de carcel por caosa no era grave,peuden expolsar
    Dondesta la ley de extanjeros que dicir par expolse un extanjero hay que seperar un ano
    Porque abogado que avinido por a defensa mi mintera y nunca mi visitar y no me hacido recourso contra expolcion

  7. Mohammed dice:

    Ahora mi queda un ano para complir los cinco anos, para recopera o algunos de ustedes mi ayouda para coje todas mes derchos y denicia este abogado de valencia para otra ves no mentra a los extanjeros y qerio que era un rasista qureo dunecira,peude ustedes o no

  8. María Gloria dice:

    No he visto o no he sabido ver el caso de una chica nicaragüense, que tiene contrato de trabajo y el NIE.
    Trabaja como cuidadora de mi madre. 95 años
    Si muere mi madre, ¿en qué situación quedaría la chica? O sino congenian las dos ¿Que ocurre?
    Gracias

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