El Reglamento de extranjería permite que se pueda ejercer el derecho a la reagrupación familiar de los ascendientes sin necesidad de demostrar que están “a cargo”, algo que normalmente sí se exige en la mayoría de los casos, cuando los familiares reagrupables proceden de un país donde se ha producido un terremoto; por ejemplo.
Concretamente el artículo 196.6 b del Reglamento de Extranjería, reconoce la existencia de razones humanitarias cuando el país de origen se encuentra afectado por catástrofes o desastres naturales o provocados por el ser humano.
La grave situación que atraviesa Venezuela con los dos trágicos terremotos, que han afectado a miles de familias, permite que los ascendientes puedan solicitar residencia en España bajo esta vía excepcional.
Qué cambia exactamente
En circunstancias ordinarias, solo ciertos familiares pueden obtener el permiso de familiar de ciudadano español sin demostrar dependencia económica:
- Cónyuge o pareja de hecho
- Hijos o hijastros menores de 26 años
- Ascendientes mayores de 80 años
Pero con la aplicación del criterio humanitario para Venezuela, ya no es necesario acreditar el “estar a cargo” para familiares como:
- Padres o suegros de cualquier edad, es decir, ascendientes.
Esto supone un alivio enorme para miles de familias que buscan reunificarse en España tras los dos terremotos.
Fundamento legal: razones humanitarias
El artículo 196.6 b establece que se considerará que existen razones humanitarias cuando el país de origen esté afectado por:
“catástrofes o desastres naturales o provocados por el ser humano”.
Esto incluye situaciones como terremotos. Si un familiar venezolano (ascendiente) ha sido afectado por estas circunstancias, puede acogerse a esta vía para obtener residencia en España.
Tres vías para solicitar el permiso
Existen tres escenarios posibles, todos válidos y operativos:
- Solicitud desde Venezuela — Si el ciudadano español y su familiar ascendiente están en Venezuela, pueden tramitar directamente el visado de familiar de español en el Consulado de España en Caracas.
- Solicitud desde España con familiar en Venezuela — El ciudadano español presenta la solicitud en España a su ascendiente. Una vez aprobada, el familiar acude al Consulado en Caracas para canjear la resolución por el visado correspondiente.
- Solicitud en España estando ambos en territorio español — Si tanto el español como el familiar (ascendiente) ya están en España, pueden solicitar el permiso directamente sin necesidad de regresar a Venezuela. Da igual cuándo entró a España en familiar.
Esta posibilidad también sería extensible para un extranjero que no disponga aún de la nacionalidad española y pretenda reagrupar a los familiares reagrupables del Capítulo II del Título IV del Reglamento de Extranjería.
Impacto humano y social
Esta medida no solo facilita la reagrupación familiar, sino que también reconoce la realidad de miles de venezolanos que han visto su vida afectada por circunstancias extremas. España reafirma así su compromiso con la protección humanitaria y con la comunidad venezolana, una de las más numerosas y activas del país.
Transmitimos nuestro apoyo y solidaridad al pueblo de Venezuela y compartimos esta información porque puede ser decisiva para muchas familias que buscan seguridad, estabilidad y un futuro digno.
Si es tu caso y deseas que nos encarguemos del procedimiento en Legalteam; escríbenos a info@legalteam.es Es un trámite que hacemos en todo el territorio español


5 comentarios en “La vía humanitaria para que familiares de venezolanos puedan residir legalmente aquí”
Esta medida solo aplica a españoles? O siendo italiana puedo traer a mis hijos de 24 y 25 años?
Existe la posibilidad de que mi hermana mayor (75 años) y su hija especial (40 años), se les puedan otorgar la ayuda para que puedan vivir en España?
Soy venezolana con ciudadanía Española, vivo en Valencia desde hace 7 años.
Pir su atención, gracias!! Quedo atenta.
Muy bien por nuestros hermanos venezolanos.
Por otra parte, ¿Cuándo se va a reconocer la situación de crisis humanitaria que se vive en Cuba? Ni una sola medida para apoyar o beneficiar el caso cubano.
Hola buenas noches yo tengo mis dos hermanos esos los derrumbes tengo concedida la nacionalidad pero aun no tengo cita de jura y mi hermano es paciente de dialis es sobrevivientes estan en la calle su edificio se derrumbó en la guaira en la zona cero
Los herman@s y/o cuñad@s pueden ser amparados por esta medida?
Lo pregunto porque el articulado señala «otros familiares», como no específica cuáles, pudiera haber una interpretación extensiva.
Gracias por su atención.