La Dirección General de Gestión Migratoria, dependiente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, no ofrece estadísticas sobre el estado actual de las solicitudes presentadas al amparo del Proceso Extraordinario de Regularización.
Teniendo en cuenta el elevado volumen de solicitudes presentadas por Legalteam, ofrecemos los datos de nuestro despacho (a fecha de hoy 09 de octubre de 2026) que pueden ser una guía aproximativa a lo que está pasando con estas solicitudes. Esta información se actualiza cada día en función de las concesiones y las comunicaciones de admisión a trámite que lleguen.
- Admitidos a trámite pendientes de ser resueltos: 0%
- Pendientes de admisión a trámite: 0%
- Resueltos: 0%
Algunas cuestiones a tener en cuenta
Las solicitudes no se resuelven en el mismo orden que fueron presentadas. Puede que alguien que la presentara después la obtenga antes, por ejemplo.
La residencia no comienza a contarse desde la fecha en que se resuelve la solicitud, sino desde la fecha en que fue presentada.
Por ejemplo: alguien que presentó su solicitud el 25 de abril de 2026 y le conceden la residencia el 25 de septiembre de 2026.
El permiso de residencia NO caduca el 26 de septiembre de 2027 sino el 25 de abril de 2027 porque como hemos comentado, la fecha de efectos es siempre la fecha de presentación. Esto es importante tenerlo en cuenta ya que dos meses antes de la fecha de caducidad del permiso se debe modificar a un permiso de residencia y trabajo (de 4 años) o bien prorrogar el permiso por otro de 1 año; salvo los menores de edad; a quienes se les concede un permiso de 5 años con la Regularización.
Con la comunicación de Admisión a Trámite se puede trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, en cualquier lugar de España y en cualquier sector de actividad.
Hay empresarios o empleadores que no contratan con la comunicación de admisión a trámite o que pasados los tres meses de la comunicación de admisión a trámite despiden al extranjero alegando que la solicitud se entiende «denegada por silencio administrativo». En este sentido recomendamos leer y acceder a la Nota oficial sobre el derecho a trabajo de los solicitantes de la Regularización aun pasados los 3 meses
Fecha a partir de la cual comienza a contar la residencia
Es una buena noticia que la residencia comience a contar desde la fecha de efectos y no desde la fecha de la resolución porque de cara a solicitar la nacionalidad española por residencia, esa residencia desde la fecha de presentación también cuenta.
Si, por ejemplo, solicitaste la Regularización el 25 de abril de 2026 y le conceden la residencia el 25 de septiembre de 2026; y eres nacional de un país iberoamericano (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela) significa que podrías solicitar la nacionalidad a partir del 26 de abril de 2028 y no del 25 de septiembre de 2028.
Recordemos que los nacionales de países iberoamericanos pueden solicitar la nacionalidad española a los dos años de residencia legal y continuada en territorio español. De hecho, es aconsejable hacer el examen de CCSE en cuanto tienes la residencia y no esperar a los dos años para hacerlo.

Puede darse el caso que ante la falta de citas de huellas no logres poner huellas en policía y por lo tanto no llegues a tener la Tarjeta de Residencia (TIE: Tarjeta de Identidad de Extranjeros). En este caso no te preocupes. Tengas o no tengas la TIE debes fijarte en la fecha de caducidad del permiso concedido para poder hacer (dos meses antes) la modificación o la prórroga del permiso (en la propia resolución aparece la fecha de caducidad).
Si eres solicitante de Asilo o Protección Internacional y presentaste la Regularización al amparo de la Disposición Adicional Vigésima (Modelo EX 31) es importante que sepas que antes de ir a policía a poner huellas (una vez concedido el permiso de residencia) debes desistir del Asilo o la Protección Internacional. Esto es algo que no tienen que hacerlo, evidente, quienes solicitaron la Regularización al amparo de la Disposición Adicional Vigésima Primera(Modelo EX 32).
La opinión de Legalteam
La espera tiene un peso singular cuando lo que se aguarda es el reconocimiento de la propia dignidad y el derecho a construir un futuro en paz. Mirar el calendario y comprobar que más del 80% de las solicitudes de la regularización presentadas en abril, mayo o junio de este año siguen sin resolverse genera de manera inevitable una sombra de desesperación. Es un sentimiento profundamente humano: cada expediente lleva detrás un rostro, una familia, noches en vela y una vida entera puesta en pausa.
Hablamos de personas que ya llevan tres, cuatro o cinco meses esperando a que les llegue su resolución favorable o su comunicación de admisión a trámite.
Sin embargo, detenernos únicamente en la angustia del retraso nos impide ver la dimensión real del momento que estamos atravesando. Nos enfrentamos a un reto colosal: más de un millón cien mil solicitudes presentadas ante una administración que sufre un mal endémico e histórico de falta de recursos. Unos cincuenta funcionarios estructurales, sumados a un refuerzo de unas 200 personas de TRAGSA, sostienen el peso titánico de un volumen de trabajo sin precedentes en la historia de nuestro país.
Conviene recordar que los trámites de extranjería nunca han destacado por su agilidad; la norma general siempre ha oscilado entre los 6 y los 8 meses de espera, un tiempo idéntico al que durante años han soportado quienes solicitan un permiso ordinario o la nacionalidad española. La regularización no ha creado una nueva lentitud, sino que ha heredado y visibilizado una estructura administrativa que clama desde hace tiempo por una profunda modernización.
Por eso, esta etapa nos invita a un ejercicio de profunda madurez colectiva: la paciencia como aliada de la esperanza. Miremos la copa medio llena. Si esta regularización no hubiera visto la luz, la inmensa mayoría de las personas que hoy aguardan una respuesta seguirían a la intemperie jurídica, intentando descifrar cómo alcanzar un atisbo de regularidad.
La espera actual no es el olvido de un derecho, sino el tránsito inevitable hacia su conquista definitiva. Cada resolución que llega es un paso más hacia la consolidación de un sueño colectivo. Mantengamos la calma y la confianza; el tiempo de la espera pasará, pero los derechos que se están gestando hoy permanecerán para siempre.
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Recuerda que si necesitas que nuestro equipo te asista, nos puedes contactar en el formulario que ves aquí en la página.



6 comentarios en “Estado actual de los expedientes de Regularización”
Yo le he llevo desde el 7 de mayo voy para seis meses no tengo ni la administración a trámite
Tras no haberlo logrado el año pasado, diré que esta regularización ha sido, en general, una bendición.
Fecha de presentación: 6 de Junio.
Admisión a trámite: 16 de Junio. Resolución favorable: 24 de Septiembre.
Rezo para que todos tengan éxito y obtengan una resolución favorable.
hola. hoy 28/09/2026 pero EN TRAMİTE 🙁
Soy del 21/5/2026 y nada todavía solo me sale en trámite ? Que devo de hacer en ese caso ?
Hola presente el 4 de mayo estoy a la espera del.favorable .saludos
Muchas gracias por mantenernos informados de cómo va el proceso, solo ustedes, bueno no sé se otras oficinas también lo hacen, pero lo cierto es que solo los he visto a ustedes enfrascados en dar la mayor cantidad de información de los que estamos en este proceso de regularización, por el ministerio de inclusión no da muchos datos.