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El día 15 de octubre de 2015 entra en vigor la Ley para la concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España. Entre otros requisitos, la ley exige la superación de dos pruebas diseñadas y administradas por el Instituto Cervantes y que al parecer afectaría -según ha sabido Legalteam– a las nuevas solicitudes de nacionalidad española. El Boletín Oficial del Estado (BOE Núm. 167) ya lo ha publicado hoy: Nuevo proceso Nacionalidad Legalteam 2015
Según la Disposición final séptima de dicha ley, así será el procedimiento para la obtención de la nacionalidad española por residencia:
1.- El procedimiento para la concesión de la nacionalidad española por residencia se regirá por lo dispuesto en el Código Civil, por lo previsto en esta disposición y en el reglamento que la desarrolle. En este reglamento se incluirán las especialidades propias del procedimiento para el personal al servicio de las Fuerzas Armadas.
2.- La tramitación del procedimiento tendrá carácter electrónico y su instrucción corresponderá a la Dirección General de los Registros y del Notariado. Todas las comunicaciones relativas a este procedimiento se efectuarán electrónicamente.
3.- El cumplimiento de los requisitos exigidos por el Código Civil para la obtención de la nacionalidad española por residencia deberá acreditarse mediante los documentos y demás pruebas previstas en la ley y reglamentariamente.
La acreditación del suficiente grado de integración en la sociedad española requerirá la superación de dos pruebas.
La primera prueba acreditará un conocimiento básico de la lengua española, nivel A2 o superior, del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas del Consejo de Europa, mediante la superación de un examen para la obtención de un diploma español como lengua extranjera DELE de nivel A2 o superior. Los solicitantes nacionales de países o territorios en el que el español sea el idioma oficial estarán exentos de esta prueba.
En la segunda prueba se valorará el conocimiento de la Constitución española y de la realidad social y cultural españolas.
Dichas pruebas serán diseñadas y administradas por el Instituto Cervantes en las condiciones que se establezcan reglamentariamente.
Estarán exentos de la superación de las pruebas mencionadas los menores de dieciocho años y las personas con capacidad modificada judicialmente.
4.- El procedimiento al que se refiere este artículo estará sujeto al pago de una tasa de 100 euros. Constituye el hecho imponible de la tasa la solicitud de iniciación del procedimiento para obtener la nacionalidad española por residencia y estará sujeto a ella el interesado, sin perjuicio de que pueda actuar por representación y con independencia del resultado del procedimiento. La gestión de la tasa corresponderá al Ministerio de Justicia, que regulará cómo ha de efectuarse el pago de la misma.
Disposición final octava. Habilitación reglamentaria.
1.- Mediante Real Decreto, a propuesta del Ministro de Justicia, se aprobará el reglamento por el que se regule el procedimiento electrónico para la obtención de la nacionalidad española por residencia.
2.- Se habilita al Ministro de Justicia para dictar las disposiciones que sean necesarias para la ejecución de lo establecido en esta Ley.
Disposición final décima. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor el 15 de octubre de 2015, salvo el apartado diez del artículo segundo y el apartado 1 de la disposición derogatoria única, que entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
Aún falta que se publique el reglamento que desarrollará el nuevo proceso de solicitud de nacionalidad española por residencia pero, al menos, ya podemos garantizar que el trámite dejará de ser gratuito a partir del próximo 15 de octubre de 2015.
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Lo mas satisfactorio y la mejor noticia es que se acabaron los dichosos cuestionarios de medicion de integracion, eso es una ventaja, buen dia
Si pusieran otro link con la pagina electronica de la tramitacion seria ideal, saludos y muy buenas informaciones aqui en esta pagina
Muy bien Guillermo cuando dices «un examen de integracion cuando ni los mismos españoles lo aprobarian» asi mismo es. Examen enciclopedico este
Costara aproximadamente unos 300 euros??!! Mmmm , no me parece ni justo ni correcto pero bueno, la alternativa es cero, saludos a legalteam
Bueno al menos los latinoamericanos solo tenemos que hacer uno de los dos examenes y nos libraoms del examen de conocimiento de la lengua castellana. Gracias legalteam por el video explicativo
Pero en cuanto a los años, sigue siendo demasiado tiempo para poder aceder a la nacionalidad española, despues de residir aqui en españa, saludos legalteam
Si tienes ya residencia puedes esperar sin grandes sobresaltos a que te llegue la ciudadania española. Mientras tengas permiso para residir y trabajes puedes esperar sin demasiadas preocupaciones
se acabo el tramite gratuito. 100 euros por aqui, 180 euros por alla, seguimos sumando…. al final mas de 300 euros. Exprimiendo como a la naranja a la inmigracion
Con tan solo haber tenido algun «altercado» en un pub o bar es motivo para denegarte la nacionalidad, un poco exagerado creo por parte de las autoridades ese criterio
Una sugerencia que creo que bien vale la pena: si se pudiera mejorar el audio del video?? saludos!!! y un gran abrazo a todos
El examen para los iberoamericanos del conocimiento de la constitucion, la cultura y el modo de vida en españa, etc, habria que desgranarlo mas, mas particular, hay puede caer cualquier tipo de preguntas
Habra alguien que de clases dirigidas para la cuestion del conocimiento cultural del pais?? besos
olvidate de las clases Esperanza Torlain que en un examen de esos te sale cualquier cosa, no vale la pena que te machaques estudiando
Eso es profesionalidad y prevision: explicar un procedimiento con 2 meses de antelacion, todo el mundo no se hace eso señores