BOE Regularización por la DANA - Legalteam

Incorporan a 377 nuevos funcionarios de extranjería en toda España

Un total de 377 nuevos funcionarios se incorporan a las distintas oficinas de extranjería de toda España, de los cuales,62 serán en Cataluña: 38 a Barcelona, 11 a Girona, 9 a Tarragona y 4 a Lérida, según ha publicado la víspera el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Se espera que un total de 750 personas se incorporarán y distribuirán en los próximos meses entre las 25 oficinas de extranjería que existen en España para reforzar el trabajo que se está generando tras la entrada en vigor del nuevo reglamento de extranjería.

Además, para un refuerzo estructural del servicio está previsto que de los más de 1.100 funcionarios de nuevo ingreso de los grupos C1 y C2 que en los próximos meses se van a incorporar en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, alrededor de 500, vayan destinados también a las Oficinas de Extranjería de todas las provincias, facilitando así su adecuación estructural a los retos que para los próximos años trae consigo el nuevo Reglamento de Extranjería.

En total, serán 750 efectivos que formarán parte de una dotación sin precedentes en las Delegaciones del Gobierno, y en especial para sus Oficinas de Extranjería, que son un servicio esencial para la tramitación de las solicitudes de residencia y trabajo de las personas extranjeras en nuestro país”, dice la nota de prensa.

Sólo los 500 efectivos que se incorporarán en su plantilla supera el total destinado en 2024 para el conjunto de los servicios de las Delegaciones del Gobierno (478), poniendo así de manifiesto el compromiso del Gobierno y de este ministerio con el territorio; añade.

La información brindada por el Ministerio señala además que «junto el refuerzo coyuntural y estructural del personal, la respuesta integral del Ministerio “incluye también medidas adicionales para las que se han activado varias mesas de trabajo”, ha señalado España.

Entre las medidas organizativas destaca la deslocalización de la gestión facilitando que, desde las 25 Oficinas inicialmente reforzadas, se pueda tramitar también solicitudes presentadas en cualquiera de las 27 oficinas restantes si su carga de trabajo así lo requiriera.

Por su parte, en materia tecnológica, el Ministerio ha trabajado con un doble objetivo: por un lado, facilitar a las personas extranjeras la presentación electrónica de solicitudes en la plataforma Mercurio, habilitando para ello nuevos formularios; y, por otro, simplificar y automatizar procesos para acortar tiempos de tramitación. En definitiva, situando a las personas en el centro de la atención.

Esperemos a ver los resultados porque a día de hoy es dramático el tiempo que están tardando en resolverse las solicitudes de los distintos procedimientos iniciales de extranjería. El Ministerio de Inclusión, por su parte, ha dicho que en los próximos 3 años un total de 900 mil extranjeros podrían regularizar su situación en España con el nuevo reglamento a razón de 300 mil solicitudes por año.

¿Dónde están las 300 mil resoluciones al año?

Cuando el 19 de noviembre la Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, anuncio a bombo y platillo el Nuevo Reglamento, dijo que «regularizaremos a unas 300 mil personas al año».

Si ya estamos en octubre, y el Reglamento entró en vigor en Mayo, pues entonces ya llevamos una cuarta parte del año por lo que deberíamos tener ya al menos 100 mil inmigrantes regularizados con el Nuevo Reglamento; pero la realidad es totalmente distinta ya que, como hemos explicado, las resoluciones llegan a cuenta gotas.

O la Ministra poco sabe de números (normal, es de letras) o se lanzaron a la piscina con un Nuevo Reglamento sin tener el personal cualificado suficiente para hacer frente a todas las solicitudes.

¿Se tuvo en cuenta que alguien tenía que resolver las solicitudes? ¿Estaba preparada la Administración para hacer frente a tantas solicitudes? ¿Pudo preverse esto? Nos tememos que no.

Sigamos esperando a las próximas semanas a ver si de una vez y por todas comenzamos a ver resoluciones a un ritmo decente.

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14 comentarios en “Incorporan a 377 nuevos funcionarios de extranjería en toda España”

    1. ¿Se trata de un procedimiento de extranjería? Probablemente se trate de una solicitud de nacionalidad española porque un procedimiento de extranjería no tarda tanto como un año y ocho meses. Si se trata de un procedimiento de nacionalidad le comentamos que el artículo 11.3 del RD 1004/2015, que es el Reglamento de Nacionalidad, establece que si pasado un año de haberse presentado la solicitud de nacionalidad española por residencia, se entiende que la mencionada solicitud está denegada por lo que se conoce como “silencio administrativo negativo”.

      Ahora bien, ello no significa que en términos prácticos esté denegada la solicitud sino que es justo ese artículo el que nos permite recurrir esa “supuesta denegación” por silencio administrativo negativo interponer un Recurso Contencioso ante la Audiencia Nacional.

      ¿Cuándo puedo interponer el Recurso Contencioso de Nacionalidad?

      En virtud del art. 11.3 del RD 1004/2015, al año de haberse presentado la solicitud.

      ¿Ante qué órgano se interpone el Recurso?

      Ante la Audiencia Nacional.

      ¿Qué es lo primero que debemos hacer?

      Lo primero es, sin duda alguna, estudiar el expediente presentado para valorar si presentamos o no el Recurso. Solo tomamos aquellos casos en los que, tras el estudio detallado del expediente, vemos que existen posibilidades de que prospere el Recurso.
      No tomamos todos los casos que nos llegan y fueron presentados por otros despachos o por “amigos” o por el propio interesado porque estamos detectando que muchos de esos expedientes no han sido presentando, a nuestro juicio, de forma correcta. Por esta razón, reiteramos que lo primero es estudiar el expediente.

      Nuestro consejo; y es solo por poner un ejemplo, es que si, por ejemplo, usted presentó el Certificado de Antecedentes Penales caducado o incorrecto, NO interponga Recurso Contencioso ante la Audiencia Nacional. En estos casos es mejor “no remover” el expediente. No debería, no obstante, asustarse porque técnicamente, si se lo denegaran por esa razón usted entonces sí que podría recurrir esa denegación porque NO sería ajustada a Derecho ya que es obligación de la Dirección General de los Registros y el Notariado (DGRN) requerirle para que subsane el error. Y lo mejor, siempre, es subsanar antes de que nos requieran o nos denieguen.

      Si aún no ha transcurrido el año desde que se presentó telemáticamente, NO podemos interponer el Contencioso.

      Por eso, antes de decidir si tomamos un no un Recurso al que le vemos posibilidades, si usted no tramitó su Nacionalidad con Legalteam, deberíamos estudiar el expediente.

      Nuestro despacho, por el estudio del expediente cobra 70 euros (iva incluido).

      Una vez que el cliente nos ha hecho el ingreso o ha abonado los 70 euros, procedemos a solicitarle la entrega o envío del expediente para estudiarlo. Si tras estudiarlo vemos que podría prosperar el Recurso, seguimos adelante.

      Nuestros honorarios son mil euros (se incluye abogado, procurador y poder para pleitos si el cliente está en Barcelona). Si el cliente vive fuera de Barcelona y no hace el Poder para Pleitos con Legalteam, deberá abonar por su cuenta el mencionado poder para pleitos.

      Reiteramos que si bien es cierto que los Recursos funcionan y funcionarán mejor en las próximas semanas, este despacho solo hace uso de este instrumento si tras estudiar el expediente vemos que todo, a nuestro juicio, es correcto.

      ¿Qué tiempo promedio suele tardar este procedimiento judicial?
      Unos 4 meses.

      ¿Qué opina Legalteam sobre el Recurso?

      En Legalteam, conscientes de lo importante que es tener la Nacionalidad Española para un extranjero que lleva años en este país, somos extremadamente cuidadosos con este tema y, aunque muchos se enfaden, lamentamos repetir que no tomamos todos los casos porque hemos notado, con esto de los Recursos, que son muchísimos los expedientes que fueron mal presentados en el momento de la solicitud de la Nacionalidad Española. A veces, algunos errores son subsanables; otras veces no. ¿Para qué hacer un Recurso o gastarnos tanto dinero si el Recurso podría no prosperar? ¿Para perder el tiempo? ¿Para perder el dinero? ¿Para que después el interesado sea condenado en costas?

      No, no tomamos cualquier caso aun cuando el cliente insista en reiteradas ocasiones.

      ¿Cómo se paga?

      En Legalteam cobramos este tipo de Recurso en dos pagos:

      Una vez acordado que podemos interponer el Recurso se debería pagar la primera mitad para comenzar: 500 euros y la segunda mitad al mes siguiente, es decir 500 euros menos los 70 euros pagados para el estudio del expediente que serían 460 euros.

      Si estuviera usted interesado facilítenos su teléfono y con gusto le llamamos y organizamos una visita con nuestro Departamento de Nacionalidad.

      Saludos cordiales

  1. Virginia Suyen Rivera Zelaya

    Gracias por mantener a toda la comunidad inmigrante informada, Dios primero esto sea el inicio de agilización en muchos expedientes que están estancados, y pronto cada una de las personas que estamos en espera de un proceso, se nos llegue la gran noticia de estar en condiciones en este país.
    Ánimo y coraje

  2. Virginia Suyen Rivera Zelaya

    Gracias por mantener a toda la comunidad inmigrante informada, Dios primero esto sea el único de agilización en muchos expedientes que están estancados, y pronto cada una de las personas que estamos en espera de un proceso, se nos llegue la gran noticia de estar en condiciones en este país.
    Ánimo y corjaje

  3. Ricardo Aristegui

    Por favor, tienen conocimiento de que fecha va resolviendo la oficina de Lleida las solicitudes de extranjería? Tal parece el secreto mejor guardado de España
    Muchísimas gracias por vuestro trabajo y por mantenernos siempre informados
    Saludos
    Ricardo

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