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La Generalitat de Catalunya podría obtener el control de los permisos de residencia

La Generalitat de Catalunya podría tener el control de las autorizaciones de residencia temporal y residencia de larga duración y también expedirá las Tarjetas de Identidad de Extranjeros (TIE); según el acuerdo firmado entre el PSOE y Junts (al que ha tenido acceso Legalteam) para la delegación de competencias de migración incluye que los Mossos D’Esquadra controlen la seguridad de los puertos, aeropuertos y «zonas críticas» en cooperación con la Guardia Civil y la Policía Nacional.

Además, la Generalitat de Cataluña pasará a gestionar el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) que se encuentra en la zona franca de Barcelona.

El texto, firmado por el PSOE y Junts tras más de un año de negociación, llegará al Congreso de los Diputados en forma de ley orgánica con el fin de delegar las competencias migratorias para que Cataluña pueda «desarrollar un modelo propio y una política integral», dado que en todas las fases de la relación de los migrantes con la Administración, las instituciones catalanas tendrán una posición «determinante» en el marco de la legislación internacional europea y del Estado español.

Según el acuerdo, también pasará a decidir sobre las contrataciones de extranjeros en origen. En concreto, Cataluña determinará, junto con empresas y sindicatos, los perfiles y el contingente de trabajadores extranjeros.

En el aire muchos interrogantes; demasiados: ¿de cuánto serán las tasas a abonar en los procedimientos administrativos? ¿En qué tendrá competencia la Administración General del Estado y todos los funcionarios de las oficinas de extranjería en sus sedes de Murcia 42 y Paseo San Juan más los policías de Rambla Guipúzcoa y Calle Mallorca? Aunque, según señalan algunas fuentes, el Gobierno transferirá los recursos humanos, técnicos y económicos necesarios para que Cataluña ejerza la competencia que se le delega.

Esta transferencia estaría amparada en el artículo 150.2 de la Constitución española a través de una ley orgánica específica por Cataluña.

Pero ¿qué dice el artículo 150.2 de la Constitución española?: El Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. La ley preverá en cada caso la correspondiente transferencia de medios financieros, así como las formas de control que se reserve el Estado.

Sin embargo, otro artículo de la propia Constitución española, el 149, establece que:

1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:

1.ª La regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.

El gobierno catalán tiene ya ciertas competencias en materia de extranjería

En toda España los distintos procedimientos de extranjería son competencia de la Administración General del Estado; sin embargo, en Cataluña (Lérida, Barcelona, Gerona y Tarragona) NO. Esto, a pesar de que a día de hoy hay algunas competencia que recaen en la Generalitat de Cataluña.

El 1 de octubre de 2009 entró en vigor el RD 1463/2009, de 18 de septiembre (BOE y DOGC de 22/09/2009), sobre el traspaso de funciones y servicios a la Generalitat de Catalunya en materia de autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena o propia de los extranjeros cuya relación laboral se desarrolle en Cataluña.

El Departamento de Trabajo de la Generalitat de Catalunya es competente, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1 del RD 148/2009, de 28 de septiembre (DOGC de 30/09/2009), para la resolución de los expedientes en materia de autorizaciones iniciales de trabajo para personas extranjeras que desarrollen su actividad laboral en Catalunya.

El Decreto 199/2007, de 10 de septiembre, modificado por el Decreto 49/210 de 30 de marzo (DOGC de 14/04/2010) atribuye a los directores de los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo la competencia en la resolución de las autorizaciones de trabajo por cuenta propia o ajena de la personas extranjeras que ejerciesen en Catalunya su actividad laboral.

En Legalteam creemos que el artículo 149 de la Constitución Española tiene mucha fuerza. Dar las competencias al amparo del 150.2 es un atraco a la soberanía nacional. Esperemos el curso de los acontecimientos. En el aire más preguntas que respuestas: ¿se tratará de una «transferencia»? Nos tememos que será el Constitucional el órgano que deberá dirimir estas cuestiones.

¿Qué trámites de extranjería son a día de hoy competencia de la Generalitat de Cataluña (Barcelona, Gerona, Lérida y Tarragona)?

Autorizaciones iniciales de trabajo o de residencia y trabajo por cuenta ajena

Para personas que quieran trabajar por cuenta ajena y se encuentren en alguna de estas situaciones:
– En situación de estancia o de residencia por circunstancias excepcionales en España sin habilitación para trabajar.
– No residentes en España.
– Residentes menores de edad no acompañados.

Autorizaciones iniciales de residencia y trabajo por cuenta ajena

Autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena para titulares de visado de búsqueda de empleo para hijos o nietos de español de origen

Autorizaciones de trabajo por cuenta ajena para titulares de residencia por circunstancias excepcionales, o para desplazados o familiares de asilados

Autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena para personas trabajadoras transfronterizas

Prórroga de las autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena para personas trabajadoras transfronterizas

Autorizaciones de trabajo por cuenta ajena para titulares de estancia por estudios, investigación, formación, prácticas no laborales, o servicios de voluntariado

Prórroga de las autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena para titulares de estancia por estudios, investigación, formación, prácticas no laborales, o servicios de voluntariado

Autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena de duración determinada de altos directivos/ivas, artistas y deportistas profesionales

Prórroga de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena de duración determinada de altos directivos/ivas, artistas y deportistas profesionales

Autorizaciones de residencia y trabajo como investigador/a

Autorizaciones de residencia y trabajo como investigador para titulares de autorización de residencia y trabajo como investigador en otro estado miembro de la UE

Autorizaciones de residencia y trabajo como profesional altamente cualificado (tarjeta azul UE)

Autorizaciones de residencia y trabajo como profesional altamente cualificado (tarjeta azul UE) para titulares de tarjeta azul UE en otro Estado miembro de la UE

Autorizaciones de trabajo por cuenta ajena para titulares de residencia como menor no acompañado

Autorizaciones iniciales de trabajo o de residencia y trabajo por cuenta propia

Para personas que quieran trabajar por cuenta propia y que se encuentren en alguna de estas situaciones:
– En situación de estancia o de residencia por circunstancias excepcionales, sin habilitación para trabajar, que quieran trabajar durante la vigencia de su autorización.
– No residentes en España.

Autorizaciones de trabajo por cuenta propia para titulares de residencia por circunstancias excepcionales, o para desplazados o familiares de asilados

Autorizaciones iniciales de residencia y trabajo por cuenta propia

Autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia para personas trabajadoras transfronterizas

Prórroga de las autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia para trabajadores transfronterizos

Autorizaciones de trabajo por cuenta propia para titulares de estancia por estudios, investigación, formación, prácticas no laborales, o servicios de voluntariado

Prórroga de las autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia para titulares de estancia por estudios, investigación, formación, prácticas no laborales, o servicios de voluntariado

Modificaciones hacia la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena

Para personas que ya disponen de una autorización y que hayan de modificar la situación de origen hacia la de residencia y trabajo por cuenta ajena, ya sea en general, o como trabajadores altamente cualificados TBUE.

Modificaciones de la situación de estancia por estudios, investigación, formación, o prácticas no laborales a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena

Modificaciones de la situación de estancia por estudios, investigación, formación, o prácticas no laborales, a la situación de residencia y trabajo como investigador

Modificaciones de la situación de estancia por estudios, investigación, formación, o prácticas no laborales, a la situación de residencia y trabajo como profesional altamente cualificado (Tarjeta azul UE)

Modificaciones de la situación de residencia a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena para excomunitarios

Modificaciones de la situación de residencia a la situación de residencia y trabajo como investigador, para excomunitarios

Modificaciones de la situación de residencia a la situación de residencia y trabajo como profesional altamente cualificado (Tarjeta azul UE), para excomunitarios

Modificaciones de la situación de residencia por circunstancies excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena: el solicitante es el extranjero habilitado para trabajar por cuenta ajena

Modificaciones de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo como investigador: el empleador es el sujeto legitimado para presentar la solicitud de autorización

Modificaciones de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo como profesional altamente cualificado (Tarjeta azul UE): el empleador/a es el sujeto legitimado para presentar la solicitud de autorización.

Modificaciones de la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia a una por cuenta ajena

Modificaciones de la situación de residencia a la de residencia y trabajo por cuenta ajena para residentes con un mínimo de un año de residencia

Modificaciones de la situación de residencia a la situación de residencia y trabajo como investigador

Modificaciones de la situación de residencia a la situación de residencia y trabajo como profesional altamente cualificado (Tarjeta azul UE)

Modificaciones de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena a la autorización de residencia y trabajo como investigador

Modificaciones de la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia a la autorización de residencia y trabajo como investigador

Modificaciones de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena a la autorización de residencia y trabajo como personal altamente cualificado (Tarjeta azul UE)

Modificaciones de la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia a la autorización de residencia y trabajo como profesional altamente cualificado (Tarjeta azul UE)

Modificaciones hacia la situación de residencia y trabajo por cuenta propia

Para personas que ya disponen de una autorización y que tengan que modificar la situación de origen cabe en la de residencia y trabajo por cuenta propia.

Modificaciones de la situación de estancia por estudios, investigación o formación, o prácticas no laborales a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia

Modificaciones de la situación de residencia a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia para excomunitarios

Modificaciones de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia: la persona extranjera no está autorizada a trabajar por cuenta propia

Modificaciones de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia: la persona extranjera está autorizada a trabajar por cuenta propia

Modificaciones de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena a una por cuenta propia

Modificaciones de la situación de residencia a la de residencia y trabajo por cuenta propia para residentes con un mínimo de un año de residencia

Compatibilidad de la situación de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia

Para personas que ya disponen de una autorización de residencia y trabajo, por cuenta ajena o por cuenta propia, y que quieren compatibilizar los dos tipos de trabajo (por cuenta propia y por cuenta ajena).

Compatibilidad de la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena y la residencia y trabajo por cuenta propia: nueva actividad por cuenta ajena

Compatibilidad de la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena y la residencia y trabajo por cuenta propia: nueva actividad cuenta propia

Modificación del ámbito territorial y/o de la actividad laboral de las autorizaciones de residencia y trabajo

Para personas titulares de una autorización inicial de residencia y trabajo, por cuenta ajena o por cuenta propia, y que quieran modificar el ámbito territorial, la ocupación o el sector de actividad.

Modificaciones de la autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena: actividad laboral y/ámbito territorial

Modificaciones de la autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta propia: actividad laboral y/o ámbito territorial


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