Legalteam, consultoría internacional con sede en Barcelona, ha elaborado esta Guía Práctica de Preguntas y Respuestas para aquellos extranjeros que van a solicitar la Tarjeta Permanente.
Esta guía está elaborada con palabras sencillas, fácil de entender.
Antes de daros algunos consejos sepa usted:
Normativa que se aplica a este procedimiento
- Directiva 2004/38/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros.
- Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
- Orden PRE/1490/2012, de 9 de julio, por la que se dictan normas para la aplicación del artículo 7 del Real Decreto 240/2004, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
- Real Decreto 987/2015, de 30 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
CONSEJOS
1- Primero, nos gustaría comentarte que no debes confundir la Tarjeta Permanente con la Tarjeta de Larga Duración. En este link puedes obtener más información: No confundas la Tarjeta de Larga Duración con una Tarjeta Permanente. Te lo explicamos en vídeo.
2- A diferencia de otro tipo de tarjetas que normalmente se puede renovar o modificar dos meses antes de la fecha de caducidad, la Tarjeta Permanente se puede solicitar dentro del mes anterior a la caducidad de la tarjeta de residencia (30 días naturales antes de la fecha de caducidad), pudiendo también presentarse dentro de los tres meses posteriores sin perjuicio de la sanción administrativa que corresponda (90 días naturales posteriores a la fecha de caducidad). Recuérdalo, NO 60 días naturales antes sino treinta días naturales antes.
3- Si obtuviste la Tarjeta porque te habías casado o porque eras Pareja de Hecho deberás tener en cuenta que en virtud del Art. 9, apartado 4 a), solo conservas el derecho a seguir en Régimen Comunitario si se mantiene el vínculo cómo mínimo 3 años. Es decir, si te divorcias, separas o dejas de ser Pareja de Hecho antes de los tres años estarías obligado a MODIFICAR dicha Tarjeta a Régimen General en un plazo no superior a tres meses desde que se produce el divorcio o la cancelación de la Pareja de Hecho.
Muchas personas se encuentran que se han divorciado, separado o cancelado la pareja de Hecho antes de los 3 años y no sabían que tenían 3 meses para modificarla y sin embargo, después, cuando intentar solicitar la Tarjeta Permanente se enteran que desde entonces -al no haber modificado- se quedaron en situación irregular. Es una lástima que por desconocimiento de la Normativa te quedaras irregular en territorio español.
4- ¿Sabes qué pasa si te divorcias o separas y tienes una Tarjeta en Régimen Comunitario qué pasa en este caso con tus hijos y tus padres? En relación con los ascendientes y descendientes directos del cónyuge o de la pareja registrada extracomunitarios, en caso de divorcio o disolución de la Unión Estable (Pareja de Hecho), estas personas NO conservan el derecho a la residencia comunitaria y por lo tanto, están obligadas a tramitar una modificación del Régimen Comunitario al Régimen General. Esto lo hemos recalcado en varias ocasiones porque muchos piensan que sus familiares conservan el derecho a seguir en Régimen Comunitario.
5- Si eres cónyuge o pareja de hecho de un/a ciudadano/a español/a y el/la español/a no trabaja no es un problema siempre y cuando demuestres que has trabajado tú.
6- Si tienes una Tarjeta de Familiar de Comunitario (ya sea la primera de cinco años o la segunda de 10 años), recuerda que no tienes derecho a residir y trabajar en otro Estado de la Unión Europea aún cuando el familiar que te dio derecho a ella sea español o de otro Estado de la UE. ¿Y entonces qué puedo hacer? Pues solicitar una de Larga Duración UE si cumples los requisitos para ello. No confundamos tampoco la Tarjeta de Familiar de Comunitario (de cinco años) o la Tarjeta Permanente (de 10 años) con la Tarjeta de Larga Duración UE.
7- Cuando fueras a solicitar la Tarjeta Permanente por ser cónyuge de un ciudadano español o de otro Estado de la UE o por Pareja de Hecho y tenéis un/a niño/a en común, lleva el certificado de nacimiento del/a niño/a aún cuando no lo exija la Normativa. ¿Por qué? Evitarás que la oficina de extranjeros presuma de que se trata de un “matrimonio falso” o de una “Pareja de Hecho falsa” y con ello, que te envíen a una entrevista policial. ¿Pero pueden enviarme a una entrevista policial incluso cuando vaya a solicitar la Tarjeta Permanente? Desgraciadamente, sí. No es común que esto suceda pero la administración puede hacerlo.
8- Cuando vayas a solicitar la Tarjeta Permanente por ser cónyuge de un ciudadano español o de otro Estado de la UE no olvides llevar nuevamente el Certificado de Matrimonio con una validez de 3 meses mínimo para probar que se mantiene el vínculo.
9- Cuando vayas a solicitar la Tarjeta Permanente por ser Pareja de Hecho de un ciudadano español o de otro Estado de la UE no olvides llevar nuevamente el Certificado de Inscripción de la Pareja de Hecho con una validez de 3 meses mínimo para probar que se mantiene el vínculo.
10- Cuando vayas a solicitar la Tarjeta Permanente por ser Pareja de Hecho de un ciudadano español o de otro Estado de la UE no es necesario llevar el Certificado de Estado Civil o Certificado de Soltería o de tu estado civil.
Otros apuntes:
- ¿Sabías que si eres cónyuge de un español/a puedes solicitar la Nacionalidad al año de tener la Tarjeta de Familiar de Comunitario?
- ¿Sabías que aunque seas Pareja de Hecho de un/a español/a ello no te dará de derecho a solicitar la Nacionalidad Española al año como sucede con quienes son cónyuges de español/a?
- ¿Sabías que puedes presentar a través de un abogado la solicitud de la Tarjeta de Familiar de Comunitario o la Tarjeta Permanente en Régimen Comunitario de forma electrónica o telemática; sin cita, sin colas, sin espera?
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una pregunta muy importante si consigo la tarjeta comunitaria permanente de 10 años y quiero presentar de forma independiente a la residencia permanente para mi hijo de 11 años nacido en españa y que tiene una tarjeta comunitaria inicial pero estaba dependiendo de mi pareja ( que no es su madre).