Modelo oficial de ley de memoria democrática y bandera española

LMD: ¿A quién corresponde la competencia para la opción de la nacionalidad?

El Ministerio de Justicia (Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública) ha publicado recientemente la Circular de 13 de enero de 2023 de la Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública sobre las reglas de competencia para el ejercicio de la opción contenidas en la Instrucción de 25 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre el derecho de opción a la nacionalidad española establecido en la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de la que destacamos:

(…) Teniendo en cuenta las dudas que desde entonces se han planteado por diferentes registros acerca de la competencia para la tramitación, calificación e inscripción de la opción, procede aclarar algunas cuestiones.

El tenor literal del criterio III de la Instrucción de 25 de octubre es el siguiente:

Reglas de competencia para el ejercicio de la opción.

La declaración de opción a la nacionalidad española, así como el juramento o promesa […] serán formulados ante el Encargado de la Oficina del Registro civil del domicilio del optante, que procederá a su calificación y, en su caso, a practicar la correspondiente inscripción.

Si el optante ha nacido en el territorio correspondiente a la demarcación de otra Oficina del Registro Civil, se remitirá la solicitud y la documentación presentada a la Oficina del Registro Civil correspondiente al nacimiento.

El texto citado se ajusta a las reglas generales de competencia establecidas en el Reglamento del Registro Civil (RRC). Por lo tanto, la solicitud para iniciar el expediente se presentará siempre en el registro municipal o consular correspondiente al domicilio del promotor (art. 348 RRC, párrafo tercero).

Como no se han previsto reglas especiales en este supuesto de opción, la competencia para resolver y, en su caso, inscribir, corresponde al registro en el que conste practicada la inscripción de nacimiento de la persona optante. De modo que, cuando el optante esté domiciliado en el extranjero, la competencia será del consular, y cuando el optante esté domiciliado en España, la competencia será del Registro Civil Central (cfr. arts.16 y 46 de la Ley del Registro Civil de 1957 y 342 RRC).

En definitiva, debe entenderse que el primer párrafo transcrito de la Instrucción se refiere a aquellos casos en los que el registro del domicilio del optante (generalmente, un registro consular) sea el mismo en el que debe practicarse la inscripción. Sin embargo, como precisa el párrafo siguiente, si el registro del domicilio y el del nacimiento no coinciden, el encargado ante el que se formule la declaración de opción levantará acta por duplicado con las circunstancias de la inscripción y las de la identidad del optante y remitirá la documentación completa al registro competente para resolver e inscribir (cfr. arts. 229 y 348 RRC). Ello no impide que el encargado del registro del domicilio efectúe una calificación provisional que incorporará a la documentación que remita al competente, pero la calificación definitiva corresponde al encargado que haya de asumir la responsabilidad de la inscripción.

Finalmente, como también señala la Instrucción de 25 de octubre de 2022, en las oficinas del Registro Civil en las que sea de aplicación la Ley 20/2011, de 21 de julio, se estará a lo previsto en la distribución de competencias establecida en la Instrucción de 16 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg a partir de la entrada en funcionamiento de la primera oficina conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011. Como en el Registro Civil Central no ha entrado en efectivo funcionamiento Dicireg, la competencia es la de la regla general (BOE de 23 de septiembre de 2021). 

Fuente: Ministerio de Justicia


Te recomendamos:

Arraigo Familiar: algunos tips que te serán de utilidad

Sí… los jueces continúan fallando en favor de los solicitantes de Arraigo Laboral

¿Debo presentar mi certificado de penales del país de origen para mi trámite de Extranjería?

Requisitos para la reagrupación familiar en España

Tasas de Extranjería vigentes en 2023

Los pasaportes más poderosos del planeta en 2023: el español se cuela entre los cinco primeros

Tramita tu Nacionalidad española por residencia en 2023 (Guía Práctica)

Manual de preparación para el CCSE 2023

Solicitando un permiso de residencia por ser cónyuge o pareja de español

¿Eres padre de un ciudadano español y tienes más de 65 años?  Lee este artículo.

¿Quieres contactar con Legalteam?

Para consultas concretas y particulares solo ofrecemos el servicio de asesoramiento a aquellas personas que viven en la provincia de Barcelona y programan cita para ser atendidos directamente en nuestro despacho; salvo si se trata de un trámite de nacionalidad española por residencia, la interposición de recursos ante la Audiencia Nacional o de Arraigo Familiar, servicios que tramitamos para todo el territorio nacional. 

Si desea programar una visita con nuestro equipo puede llamarnos de lunes a jueves de 10 de la mañana a 14 horas y de 16 a 19 horas y los viernes de 10 de la mañana a 14 horas a través de los siguientes teléfonos:

 935 397 731
 648 861 893
 696 824 146

Muy importante:

  • Si no lograra contactarnos por teléfono escriba a info@legalteam.es comentando que ha llamado, pero que no ha logrado contactarnos; facilitando su teléfono y solicitando le llamemos.
  • No utilizamos el servicio de WhatsApp.
  • Nuestras oficinas están en Carrer de Casp 17, 1º, Barcelona; muy cerca a Plaza Cataluña (en el centro de la ciudad).

TE RECOMENDAMOS

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

MÁS

Legalteam es una Consultoría especializada en temas de Extranjería y Nacionalidad Española.

Nuestros servicios proporcionan solución a las necesidades de extranjeros nacidos o no fuera de la Comunidad Europea.

Con 20 años de experiencia y miles de clientes satisfechos, Legalteam es garantía de éxito.

TE RECOMENDAMOS

Scroll al inicio

Ponte en contacto con Legalteam

Solo llevamos trámites de Extranjería en la provincia de Barcelona
*Atendemos solicitudes de nacionalidad española por residencia en todo el territorio español

Resumen de privacidad

LegalTeam

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Cookies necesarias

Las cookies necesarias son absolutamente esenciales para que el sitio web funcione correctamente. Esta categoría solo incluye cookies que garantizan funcionalidades básicas y características de seguridad del sitio web. Estas cookies no almacenan ninguna información personal.

Cookies de terceros

Esta web utiliza Google Analytics y Facebook para recopilar información anónima tal como el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares.

Dejar esta cookie activa nos permite mejorar nuestra web.