- La secretaria de Estado de Migraciones responde favorablemente a una reiterada recomendación impulsada por el Defensor del Pueblo
- Si un solicitante de asilo demanda una autorización temporal de residencia no se le podrá exigir su renuncia al procedimiento de su expediente
La secretaria de Estado de Migraciones, Hana Jalloul, ha respondido favorablemente al Defensor del Pueblo a su recomendación formulada por vez primera en octubre de 2017, en la que se pedía la elaboración de una instrucción que clarificase la compatibilidad de los procedimientos de asilo con aquellos regulados en la legislación de extranjería.
Concretamente, la petición de la Alta Institución tenía por finalidad terminar con las barreras a las que se enfrentaban hasta hoy aquellos solicitantes de asilo que, demandando residencia por circunstancias excepcionales, veían este trámite condicionado a la pérdida automática de su solicitud de asilo.
En el escrito que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha hecho llegar al Defensor del Pueblo, Hana Jalloul recuerda que “el diseño e implementación de políticas inclusivas exige adoptar un enfoque flexible y personalizado”, capaz de poner “en primer lugar a la persona”, y esto, al amparo del artículo 10.1 de la Constitución española.
En el escrito que el Defensor del Pueblo había trasladado a la Secretaría de Estado de Migraciones se insistía en la naturaleza del colectivo en cuestión, siendo las personas refugiadas un grupo protegido por el derecho internacional. La recomendación que Hana Jalloul ha aceptado recordaba, además, las complejas circunstancias que rodean los itinerarios de vida de las personas que llegan a España en calidad de solicitantes de protección internacional.
En este sentido, y aunque el procedimiento de extranjería y el que enmarca la protección internacional responden a dos realidades diferenciadas, la secretaria de Estado de Migraciones estima, en base al artículo 123 del Reglamento de extranjería, que los solicitantes de protección internacional pueden solicitar, por circunstancias excepcionales, una autorización de residencia temporal por razón de arraigo.
Además, en la respuesta emitida por la secretaria de Estado de Migraciones determina, en consonancia con el Defensor del Pueblo y para garantizar la protección que este colectivo precisa, que el hecho de que un demandante de protección internacional solicite por una circunstancia excepcional autorización de residencia, esto no podrá suponer en ningún caso su renuncia al procedimiento. Asimismo, dicha solicitud de autorización de residencia por arraigo en ningún caso podrá ser inadmitida a trámite, según establece la secretaria de Estado de Migraciones en consonancia con la disposición adicional 4ª del Reglamento de extranjería. (Nota de prensa difundida por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones).
Otros artículos relacionados:
Solicitudes de Nacionalidad presentadas en el 2020
En Vídeo: El nuevo supuesto de Arraigo Laboral
Nuevo: permiso de residencia en España para quienes en algún momento trabajaron con o sin “papeles”
No te la juegues con un procedimiento de Extranjería y Nacionalidad.
?Quizás te puedan interesar estos artículos en vídeo
¿Hacer o no el Recurso Contencioso de Nacionalidad Española?
¿Quiénes pueden acceder a una Tarjeta de Familiar de Familiar de Comunitario?
Recurso Contencioso. Nacionalidad Española por Residencia
Tarjeta Temporal de Familiar de Comunitario si me divorcio o cancelo la pareja de hecho pasados los tres años
Tarjeta Familiar de Comunitario para Parejas de Hecho
Permiso de estancia por estudios cuando llega a España en calidad de turista
Prórroga de Estancia por Estudios
Tutorial sobre cómo pagar las Tasas de Extranjería
Nacionalidad: cónyuge de español y el plazo reducido de un año o de dos años.
Familia Extensa
Permiso de Residencia para la búsqueda de empleo
Tutorial en vídeo: el pago de la Tasa 790 para la expedición de la tarjeta de Identidad de Extranjeros
¿Qué documentos debo aportar a la hora de solicitar la Nacionalidad Española por Residencia?
¿Qué opciones tiene el titular de un permiso de Residencia para Búsqueda de Empleo?
¿Qué es el Recurso Contencioso de Nacionalidad?
Modificación de Estancia por Estudios a Permiso de Residencia y Trabajo.
¿Cuándo realizar el examen de CCSE si solicitaré la nacionalidad por el plazo reducido de dos años?
Tarjeta de Familiar de Comunitario bajo en supuesto de matrimonio
Tarjeta de Familiar de Comunitario bajo el supuesto de «ascendientes»
Modificación Régimen Comunitario por divorcio o cancelación de la inscripción de pareja registrada
Permiso de Residencia temporal de 5 años para madre o padre de menor español
Tarjeta de Familiar de Comunitario para hijos mayores de 21 años
Permiso de Residencia bajo el supuesto de Arraigo Familiar por ser hijo de español de origen
Arraigo Laboral, un procedimiento que te permite residir y trabajar en España
Todos los viernes, los directos de Legalteam
En vídeo. El Arraigo Social
No en todos los casos hace falta un contrato de trabajo para el Arraigo Social
Vídeo: En primera persona. Roniel cuenta su experiencia con Legalteam
Fatiha, su experiencia con Legalteam
El éxito para que se conceda una nacionalidad
¿Quieres contactar con Legalteam?
Miles de personas nos escogen a diario para informarse a través de nuestra web www.legalteam.es donde publicamos cientos de artículos que ofrecen información de carácter general.
Ahora bien, para consultas concretas y particulares le comentamos que solo ofrecemos el servicio de asesoramiento a aquellas personas que programan cita para ser atendidos directamente en nuestro despacho; salvo si se trata de un trámite de nacionalidad española por residencia que lo tramitamos para todo el territorio nacional. Si desea programar una visita con nuestro equipo puede llamarnos de lunes a jueves de 10 de la mañana a 14 horas y de 16 a 19 horas y los viernes de 10 de la mañana a 14 horas a través de los siguientes teléfonos:
☎️ 935397731
☎️ 648861893
☎️ 696824146
Muy importante:
? Si no lograra contactarnos por teléfono ✍? escriba a secretaria@legalteam.es comentando que ha llamado pero que no ha logrado contactarnos; facilitando su teléfono y solicitando le llamemos
? No utilizamos el servicio de WhatsApp
? Nuestras oficinas están en Gran Vía de las Cortes Catalanas 636, 1-2. Barcelona (exactamente en Gran Vía esquina Paseo de Gracia, al lado de la tienda Zara).
A diario recibimos entre mails, redes sociales y teléfonos, cientos de consultas. Muchas veces esas consultas son de apenas pocas palabras y muchas personas creen que las respuestas pueden ser sencillas pero no lo son. Por ejemplo, una pregunta típica es “¿Cómo puedo tener un permiso de residencia?” o “Dígame los requisitos para la solicitar la Nacionalidad”. O pregunta como la que usted nos formula. Preguntas como estas y muchas otras que pudieran parecer sencillas llevan un detallado estudio del caso para poder analizar y estudiar qué procedimiento podría ser el adecuado porque, creednos, ningún caso es igual ni ningún caso lleva la misma respuesta. Y para ello hay que tener conocimiento detallado de la Ley de Extranjería.
Ante situaciones como estas aconsejamos contratar un servicio de consultas ilimitadas durante un año. Este servicio tiene un coste de 70 euros al año; sin obligatoriedad de ser renovado por ninguna de las partes. Pero reiteramos que solo ofrecemos el servicio de asesoramiento a aquellas personas que programan cita para ser atendidos directamente en nuestro despacho; salvo si se trata de un trámite de nacionalidad española por residencia que lo tramitamos para todo el territorio nacional.
Detrás de lo que parece una consulta sencilla muy probablemente hay una respuesta compleja que puede convertirse en fácil si vas de la mano de Legalteam.
El cliente no siempre necesita escuchar que su problema se resolverá, necesita escuchar cuáles son sus opciones reales para luego no sentirse engañado y frustrado.
En Legalteam no ofrecemos información general porque no nos gusta hacerlo. Ofrecemos un traje a la medida del cliente. Porque no somos un gran almacén. Somos sastres de la Extranjería.

