Cualquier documento extranjero emitido en otro idioma que no sea el español, para que tenga validez en España, debe ser traducido por un intérprete o traductor jurado avalado o reconocido por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación del Reino de España; salvo aquellos de la Unión Europea que sean internacionales o plurilingües.
Para mayor facilidad, os actualizamos el listado de Traductores e Intérpretes Jurados autorizados en España en este 2022 (actualización del mes de junio).
Igualmente, ponemos a disposición los enlaces donde se pueden encontrar los listados de profesionales habilitados inscritos en los respectivos Registros de Traductores e Intérpretes Jurados y Traductoras e Intérpretes Juradas de lenguas cooficiales:
- Lengua catalana. Secretaria de Política Lingüística de la Generalitat de Cataluña
- Euskera. Instituto Vasco de Administración Pública – IVAP
- Lengua gallega. Secretaría Xeral de Política Lingüística de la Xunta de Galicia
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