La misma pregunta de siempre: ¿Quién tiene la razón: los Jueces o la Oficina de Extranjería?.
La respuesta parece clarísima menos para la Administración española, concretamente para la oficinas de extranjería que aún encontrándose con cientos de sentencia que les quitan la razón siguen “erre que erre” denegando los “papeles” a (concretamente en este caso, cuando se solicita la tarjeta de Larga Duración) por la tenencia de antecedentes penales. “La tenencia de antecedentes penales, no puede constituirse per se, si la administración no argumenta en la existencia de una amenaza para la seguridad y la tranquilidad pública”, dicen los jueces. O lo que es lo mismo, no le puedan denegar los “papeles” “porque sí” a quienes soliciten una Tarjeta de Larga Duración cuando se tienen antecedentes penales.
Podéis acceder aquí a la sentencia:
Sentencia Larga Duración con Antecedentes Penales.
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Pero existe la posibilidad de recurrir ¿no? Ya se que eso tiene un coste para el que recurre pero que no hubiera tenido antecedentes.