Como sabemos, en los próximos días podría entrar en vigor el nuevo Plan Intensivo de Nacionalidad Española; sin embargo, lo que aún no queda claro es cómo se gestionará el «examen de integración» a la hora de que los solicitantes soliciten la Nacionalidad. Hasta este instante se trata de un dudoso cuestionario en el que le preguntan a los inmigrantes cuestiones no solo de cultura general sino de lo más variopintas. Pero este problema podría tener solución si, tal y como se habla, entra en juego el papel de los Institutos Cervantes.
Hace apenas unas horas, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso ha introducido una enmienda al proyecto de Ley sobre la nacionalidad de los sefardíes que cambiará el funcionamiento del acceso a la nacionalidad por residencia en España, atribuyendo al Instituto Cervantes la potestad de realizar las dos pruebas de evaluación que deberán superar los solicitantes para acreditar que están integrados en el país.
Se materializa así una iniciativa del Ministerio de Justicia, que en abril de 2014 y con Alberto Ruíz Gallardón todavía al frente, anunció que derivaría al Cervantes la realización de estas pruebas para terminar con la discrecionalidad. En la actualidad, cada juez del cada registro civil decide qué pregunta al extranjero para probar su integración, y se han dado casos de denegaciones por motivos como no conocer a un famoso de televisión o un estadio de fútbol.
La enmienda dice que «la acreditación del suficiente grado de integración en la sociedad española» que impone el Código Civil a quienes piden la nacionalidad, «requerirá la superación de dos pruebas de evaluación», la primera de las cuales «valorará el conocimiento de la lengua». Los nacionales de países donde el español sea idioma oficial estarán exentos de este examen.
NACIONALIDAD ONLINE
No es la única novedad. De aprobarse la enmienda en su redactado actual, todo el proceso de tramitación de la nacionalidad «tendrá carácter electrónico» y «todas las comunicaciones entre las Oficinas del Registro Civil, la Dirección General de los Registros y Notariado y demás organismos públicos se efectuarán telemáticamente» a través de una plataforma electrónica del Registro Civil que la misma ley prevé consolidar.
También los solicitantes cursarán la petición en esta plataforma electrónica, aunque seguirán pudiendo presentar una instancia «en cualquiera de los registros» y, «en todo caso, se pondrá a disposición de quien lo requiera en las Oficinas Generales y colaboradoras del Registro Civil los medios electrónicos necesarios». Además, «se atribuirá en el acto al solicitante un número identificador de su solicitud».
El PP argumenta que el plan intensivo de nacionalidad que impulsó el Ministerio de Justicia en 2012 encomendando la gestión a los registradores de la propiedad tuvo una «tramitación íntegramente electrónica» y consiguió así resolver más de 520.000 solicitudes en dos años y medio. «Por eso es necesario recoger esta previsión a nivel legal, sin perjuicio del desarrollo reglamentario posterior», explica.
Estos registradores, que recibieron en abril de 2013 una prórroga de la encomienda de gestión y siguen en la actualidad tramitando solicitudes de nacionalidad, no figuran en la enmienda. Se establece que «la instrucción (del procedimiento) corresponderá a los Encargados del Registro Civil» y «la concesión de la nacionalidad española por residencia se efectuará por el Ministro de Justicia».
UN MES PARA INFORMAR, 180 DÍAS PARA JURAR
En cuanto al procedimiento, establece que el Encargado del Registro Civil actuará de oficio para completar la instrucción «solicitando preceptivamente informes de los órganos correspondientes del Ministerio del Interior y del Ministerio de la Presidencia», cuyo carácter negativo será «vinculante» y producirá «la denegación de la solicitud por razones de orden público o interés nacional».
Una vez completado el expediente, el Encargado del Registro Civil «emitirá en el plazo máximo de un mes, informe motivado proponiendo la concesión o denegación de la nacionalidad española por residencia» que se elevará a la Dirección General de los Registros y del Notariado. Esta institución, a su vez, elaborará una propuesta de concesión o denegación y será el ministro de Justicia quien tenga la última palabra.
Cuando resuelva, el registro notificará en cinco días al solicitante. A partir de este punto, la concesión de la nacionalidad queda condicionada a dos requisitos: Que en el plazo de 180 días el beneficiario realice la preceptiva promesa o juramento de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes, y que en ese tiempo no haya cometido actos «incompatibles con el requisito de a buena conducta cívica» y siga siendo residente legal en España.
La enmienda tiene forma de Disposición Adicional Cuarta a la modificación del Código Civil que ha emprendido el Gobierno con el «proyecto de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España que justifiquen tal condición y su especial vinculación con España», iniciativa que introducía además una nueva tasa de 75 euros para determinados procedimientos de este tipo y que ahora el PP ha propuesto eliminar.
En los próximos días podría entrar en vigor el nuevo Plan Intensivo de Nacionalidad Española
Tal y como hemos venido anunciando en los últimos días, el nuevo Plan Intensivo de Nacionalidad Española que permitiría desatascar las miles y miles de solicitudes de nacionalidad española podría entrar en vigor más pronto de lo que imaginamos; y no solo desatascaría los expedientes que ya se han presentado sino que podría permitir que en lo adelante las nuevas solicitudes sean mucho más rápidas y que se eliminen las largas colas de espera con citas que en algunos sitios ya están hasta para después del 2020.
Según ha sabido Legalteam, un despacho expecializado en temas de inmigración y extranjería (con sede central en Barcelona) el ministro de Justicia, Rafael Catalá, acaba de anunciar que “en los próximos días” se suscribirá un nuevo acuerdo de encomienda de gestión, el tercero de estas características, por el que los registradores tramitarán los expedientes de nacionalidad pendientes de resolución.
El titular de Justicia ha destacado que en las dos anteriores encomiendas de gestión los registradores han resuelto 425.000 solicitudes de nacionalidad en dos años frente a las 735.000 tramitadas en los doce años previos, lo que a su juicio confirma la “eficiencia del trabajo” del colectivo de registradores.
En esta misma línea ha defendido que los registradores asuman la llevanza del Registro Civil, pues “la labor de calificación e inscripción no es una función judicial y es más propia de registradores que de jueces o funcionarios”, al tiempo que ha negado que ello suponga privatizar el registro, que seguirá siendo público.
¿Qué significaría que los Registradores lleven los trámites de Nacionalidad y que podría pasar con las solicitudes de nacionalidad española en este año 2015?
Elementos en contra
- A nuestro juicio, se trataría de una privatización encubierta de los registros civiles pues las solicitudes ya no las tramitarían los registros civiles sino los registradores.
- Se supone que habría que pagar una determinada Tasa a la hora de solicitar la Nacionalidad Española (probablemente de 80 euros).
- Los criterios a la hora de resolver los expedientes podrían ser muy dispares. El último Plan Intensivo que también llevaron los registradores, dejó a miles de personas con expedientes denegados por, supuestamente, existir documentos caducados cuando realmente no era así. Que si los penales son válidos tres meses, que si no, que son seis meses….
Elementos a favor:
- Se evitarían las tardanzas en la citas para solicitar la Nacionalidad (en algunos sitios hoy se dan citas para después del 2020 y si se pudieran presentar las solicitudes de forma telemática no habría que esperar años de espera.
- Los que ya han solicitado su nacionalidad en 2013 y en 2014 y aún no tienen respuesta podrían ver resueltas sus solicitudes en cuestión de semanas poque serían más personas resolviendo y digitalizando los expedientes.
- Podría volver a permitirse que se pueda hacer la Jura de Bandera ante un Notario y no necesariamente ante el Registro Civil. Por todos es sabido que tal y como sucede hoy el proceso de nacionalidad es largo y tedioso porque además de esperar la cita de presentación después se tarda en que se resuelve el expediente y cuando ya se ha resuelto faborable la solicitud la odisea aún no termina ahí sino que después existen largos tiempos de espera para poder hacer la Jura. Pero ya quedó demostrado (como se hizo en el 2013) que la espera para la Jura no se dilataría tanto si se pudiera jurar ante un Notario. Y el nuevo proceso de nacionalidad podría volver a reabrir la posibilidad de jurar ante Notario.
- Si el Instituto Cervantes emite un certificado de integración se evitarían los irracionales y absurdos cuestionarios que les hacen a los soliitantes a la hora de demostrar su integración.
437.050 extranjeros han obtenido la Nacionalidad Española entre entre el 1 de octubre de 2012 y el 8 de enero de 2015 mientras se les ha denegado en el mismo período a 21.075 solicitantes.
Este es un listado por países de origen. Entre paréntesis, las denegadas.
Marroquíes: 78.189 (6.643)
Ecuatorianos: 67.819 (2.953)
Colombianos: 62.464. (1.963)
Bolivianos: 38.535 (1.375)
Peruanos: 36.483 (1.075)
Dominicanos: 23.172 (875)
Argentinos: 16.232 (360)
Cubanos: 11.915 (264)
Venezolanos: 10.428 (148)
Brasileños: 9.557 (321)
Artículos relacionados:
¿Qué está pasando con los expedientes de Nacionalidad presentados en el año 2014?
Información general y detallada de Legalteam sobre la Nacionalidad Española 2015
Los casos más “sonados” y absurdos de denegación de nacionalidad española.
La Tarjeta de estudiante no computa para la Nacionalidad Española
Vídeo explicativo de Legalteam: ¿cuándo un extranjero en España puede solicitar la Nacionalidad Española?
Legalteam ofrece videos explicativos sobre temas de Inmigración y Extranjería
Denegación de Nacionalidad por no demostrar buena conducta cívica
Audiencia Nacional confirma denegación de Nacionalidad porque manifiesta que el extranjero no sigue la actualidad de las noticias y en su tiempo libre le gusta estar en casa
¿Crees que hace falta nuevamente un Plan Intensivo de Nacionalidad? Cientos de miles de expedientes de Nacionalidad atascados nuevamente
Guía práctica para quienes han obtenido la Nacionalidad Española
Los Consulados tramitarán por vía electrónica los asuntos de nacionalidad española y estado civil
Tabla Normativa sobre Nacionalidad y Estado Civil
España es el cuarto país de UE con más concesiones de nacionalidad
Examen de integración para la obtención de la nacionalidad española
¿Aprobaría usted el test de ‘españolidad’?.
Gracias por leernos.
Puedes seguirnos en Facebook
Legalteam

Mail: info@legalteam.es
Nota: aunque en esta web de Legalteam intentamos exponer artículos con información general, si usted tuviera alguna duda o consulta o desea ampliar esta información, también puede realizar su consulta online en este apartado de Consultas Online
Compartir







Esperemos que sean más benevolentes, porque como el examen sea de lengua y literatura española no aprueba ni dios.
muy completa la información, ojalá este plan nuevo entre ya mismo
muchísimas pero muchisimas gracias por esta información. Me ha venido como anillo al dedo.
Gracias aquipo Legalteam,X su forma de informar, sencillo,conciso,etc……!!!!!