Nuevo Reglamento de Extranjería: procedimientos que son competencia de la Generalitat de Catalunya

Lista actualizada de procedimientos que son competencia de la Generalitat de Catalunya.

El 20/05/2025 entra en vigor el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Este nuevo Reglamento modifica la lista de procedimientos traspasados a la Generalitat de Catalunya en el 2009. Sin perjuicio de lo que pueda determinar la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, la lista actualizada de los procedimientos de autorización que tramita y resuelve a la Generalitat de Catalunya (en su caso, conjuntamente con las Subdelegaciones del Gobierno del Estado en Cataluña) es la siguiente:

Por otra parte, las modificaciones de la situación de residencia por circunstancias excepcionales con autorización para trabajar a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena (MOD06a) o por cuenta propia (MOD06d) se deben canalizar mediante el procedimiento previsto en el artículo 191.3 del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre. Mientras no conste un nuevo canal de presentación de estas solicitudes, se mantendrá activo, provisionalmente, el trámite MOD06a. Se aconseja utilizar este trámite para evitar situaciones de irregularidad sobrevenida, esto es: únicamente se debe usar si quedan pocos días para que finalice el plazo para solicitar la modificación. En todo caso, tan pronto como se disponga de más información sobre dicho trámite, se comunicará mediante una nota informativa. Por otra parte, han quedado sin efectos los procedimientos siguientes:

  • Autorizaciones de trabajo para titulares de residencia por circunstancias excepcionales, o para desplazados o familiares de asilados, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia (AUT02a y AUT02b). De acuerdo con el artículo 131 del    Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, todas las autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales incorporarán, ya de entrada, la autorización para trabajar.
  • Compatibilidad de la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena y la de residencia y trabajo por cuenta propia (MOD05a y MOD05b). De acuerdo con los artículos 81 y 87 del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, todas las autorizaciones renovadas permitirán ejercer cualquier actividad en cualquier parte  del territorio estatal, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. Además, el artículo 73.5 del mismo Real Decreto prevé que las autorizaciones iniciales de  trabajo de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena autorizarán, también, para ejercer una actividad por cuenta propia durante su vigencia. Eso, siempre que la actividad principal sea la de cuenta ajena, salvo que esta última actividad se haya extinguido de forma sobrevenida por razones ajenas a la voluntad de la persona extranjera. En este último caso, la persona extranjera deberá comunicar dicha circunstancia a la oficina que le haya concedido la autorización en el plazo de tres días. A tal efecto, podrá utilizar el formulario de petición genérica con firma electrónica.
  • Modificaciones de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia, siempre que   el extranjero/a no estuviera autorizado para trabajar en la modalidad correspondiente (MOD06b y MOD06c). Estos procedimientos dejan de tener sentido con motivo del nuevo Reglamento de extranjería, ya que las autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales incorporan la autorización para trabajar. En todo caso, si una persona extranjera necesita modificar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales que, por el motivo que fuera, no incorporaba la autorización de trabajo (por ejemplo, porque, en el momento de la entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, disponía de un arraigo para la formación y aún no había solicitado la autorización de residencia y trabajo prevista  en el último párrafo del artículo 124.4 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril), puede solicitar la modificación que corresponda de las dos siguientes:
  • Modificación de la situación de residencia a la de residencia y trabajo por cuenta ajena para residentes con un año o más de residencia sin habilitación para trabajar (MOD01b).
    • Modificación de la situación de residencia a la de residencia y trabajo por cuenta ajena para residentes con menos de un año de residencia (MOD01a).
  • Modificaciones de la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia a una por cuenta ajena (MOD07c). Este procedimiento de modificación de cuenta propia a cuenta ajena ha desaparecido en el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre.   En este sentido, el artículo 192.2 del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, solo prevé la posibilidad de modificar de cuenta ajena a cuenta propia, no al revés.

Trámites específicos para formular solicitudes

Solicitar la autorización de trabajo o de residencia y trabajo por cuenta ajena (procedimientos que puede iniciar el empleador)

Enlace en el formulario:

https://web.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/24010_-_Sollicitar-lautoritzacio-de-treball-o- de-residencia-i-treball-per-compte-daltri-iniciat-per- locupador?category=&temesNom=Treball

Este trámite permite formalizar la solicitud o el trámite (y, si procede, abonar la tasa para la tramitación de la autorización de trabajo) en relación con los procedimientos siguientes:

  • Autorizaciones iniciales de residencia y trabajo por cuenta ajena (AUT01a). Sujeto legitimado para presentar la solicitud: únicamente el empleador.
  • Autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena para personas trabajadoras transfronterizas (AUT04a). Sujeto legitimado para presentar la solicitud: únicamente el empleador.

Prórroga de las autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena para personas trabajadoras transfronterizas (AUT04c). Sujeto legitimado para presentar la solicitud: únicamente el empleador.

  • Autorizaciones de trabajo por cuenta ajena para titulares de estancia por estudios, formación, prácticas no laborales, o servicio de voluntariado (AUT05a). Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el empleador o la persona trabajadora, indistintamente.
  • Prórroga de las autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta ajena para titulares de estancia por estudios, formación, prácticas no laborales, o servicios de voluntariado (AUT05c). Procedimiento iniciado de oficio. La Administración comunicará a la persona titular de la autorización de trabajo si, en caso de cumplir los requisitos adecuados, quiere prorrogar la autorización de trabajo por cuenta ajena.
  • Modificaciones de la situación de estancia por estudios, formación o prácticas no laborales a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena (MOD03a). Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el empleador o la persona trabajadora, indistintamente.
  • Modificaciones de la situación de residencia a la de residencia y trabajo por cuenta ajena para residentes con menos de un año de residencia (MOD01a). Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el empleador o la persona trabajadora, indistintamente.
  • Modificaciones de la situación de residencia a la de residencia y trabajo por cuenta ajena para residentes con un año o más de residencia sin habilitación para trabajar (MOD01b). Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el empleador o la persona trabajadora, indistintamente.

Los requisitos de cada uno de estos procedimientos, así como la manera de acreditarlos y los efectos de la autorización en caso de prosperar el trámite, se encuentran en la correspondiente guía de tramitación. Se pueden descargar las guías en cuestión al hacer clic sobre el enlace indicado anteriormente para solicitar la autorización de trabajo o de residencia y trabajo por cuenta ajena.

El formulario en cuestión permite que la solicitud o la documentación presentada llegue directamente a la unidad responsable de gestionar el procedimiento que corresponda. En cualquier caso, la tramitación de los procedimientos de autorización de trabajo o de residencia se efectúa mediante la Aplicación Común de Extranjería (ACEX). Esta aplicación, que es de titularidad estatal, no está conectada con la Oficina Virtual de Trámites. En consecuencia, una vez presentada la solicitud o la documentación requerida, la persona que formalice el trámite recibirá un mensaje de cierre del canal de presentación. Mediante este mensaje, se informará del hecho de que los documentos y los datos aportados se han trasladado a la unidad gestora de estos procedimientos, de modo que la gestión continuará su curso en la aplicación ACEX.

Lea la Nota Informativa completa aquí: Nota Informativa 1/2025: Efectos de la entrada en vigor del nuevo Reglamento de extranjería en los procedimientos de autorización de trabajo o de residencia y trabajo traspasados a la Generalitat de Catalunya:

TE RECOMENDAMOS

1 comentario en “Nuevo Reglamento de Extranjería: procedimientos que son competencia de la Generalitat de Catalunya”

  1. Iris derly caicedo

    Mi residencia caducó el 15 de enero. Yo tenía arraigo por formación y no pude conseguir trabajo. Ahora quiero volver a solicitar mi residencia con permiso para trabajar pero no tengo precontratos. Nadie me hace aún precontrato puedo presentar la solicitud?

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

MÁS

Legalteam es una Consultoría especializada en temas de Extranjería y Nacionalidad Española.

Nuestros servicios proporcionan solución a las necesidades de extranjeros nacidos o no fuera de la Comunidad Europea.

Con 20 años de experiencia y miles de clientes satisfechos, Legalteam es garantía de éxito.

TE RECOMENDAMOS

Scroll al inicio

Ponte en contacto con Legalteam

Solo llevamos trámites de Extranjería en la provincia de Barcelona
*Atendemos solicitudes de nacionalidad española por residencia en todo el territorio español

Resumen de privacidad

LegalTeam

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Cookies necesarias

Las cookies necesarias son absolutamente esenciales para que el sitio web funcione correctamente. Esta categoría solo incluye cookies que garantizan funcionalidades básicas y características de seguridad del sitio web. Estas cookies no almacenan ninguna información personal.

Cookies de terceros

Esta web utiliza Google Analytics y Facebook para recopilar información anónima tal como el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares.

Dejar esta cookie activa nos permite mejorar nuestra web.