La respuesta es sí; y si no, mira esta imagen:

Es el caso de Alicia, una cubana que vive el Lloret de Mar, Gerona. Presentamos su solicitud el pasado 23 de diciembre y justo ayer 12 de marzo nos notificaron su concesión.
Si bien es cierto que el tiempo de resolución promedio suele ser de entre 4 y 6 meses; lo cierto es que, como ilustra la imagen, es posible que se conceda la nacionalidad en poco más de dos meses; y no es un caso aislado. Aunque tampoco es un caso raro; en otras ocasiones os menos mostrado resoluciones de concesión de nacionalidad en 20 días, un mes o dos meses. Puedes aquí mirar otros ejemplos.
Lo que sí son casos muy aislados es que la solicitud tarde más de un año en ser resuelta y en la mayoría de los casos cuando esto sucede (salvo contadas excepciones) es porque hay antecedentes penales o policiales o se ha hecho un requerimiento o se valora si en el caso del plazo reducido de un año, por ejemplo, se es hijo o nieto de un «español de origen» o «originariamente español» (que no es lo mismo.
El artículo 11.3 del RD 1004/2015, que es el Reglamento de Nacionalidad, establece que si pasado un año de haberse presentado la solicitud de nacionalidad española por residencia, se entiende que la mencionada solicitud está denegada por lo que se conoce como “silencio administrativo negativo”.
Ahora bien, ello no significa que en términos prácticos esté denegada la solicitud sino que es justo ese artículo el que nos permite recurrir esa “supuesta denegación” por silencio administrativo negativo interponer un Recurso Contencioso ante la Audiencia Nacional.
Lo primero que debemos hacer, si ha pasado un año, es estudiar el expediente presentado para valorar si presentamos o no el Recurso. Solo tomamos aquellos casos en los que, tras el estudio detallado del expediente, vemos que existen posibilidades de que prospere el Recurso.
No tomamos todos los casos que nos llegan y fueron presentados por otros despachos o por “amigos” o por el propio interesado porque estamos detectando que muchos de esos expedientes no han sido presentando, a nuestro juicio, de forma correcta. Por esta razón, reiteramos que lo primero es estudiar el expediente.
Nuestro consejo; y es solo por poner un ejemplo, es que si, por ejemplo, usted presentó el Certificado de Antecedentes Penales caducado o incorrecto, NO interponga Recurso Contencioso ante la Audiencia Nacional. En estos casos es mejor “no remover” el expediente. No debería, no obstante, asustarse porque técnicamente, si se lo denegaran por esa razón usted entonces sí que podría recurrir esa denegación porque NO sería ajustada a Derecho ya que es obligación de la Dirección General de los Registros y el Notariado (DGRN) requerirle para que subsane el error. Y lo mejor, siempre, es subsanar antes de que nos requieran o nos denieguen.
Si aún no ha transcurrido el año desde que se presentó telemáticamente, NO podemos interponer el Contencioso.
Por eso, antes de decidir si tomamos un no un Recurso al que le vemos posibilidades, si usted no tramitó su Nacionalidad con Legalteam, deberíamos estudiar el expediente.
Nuestro despacho, por el estudio del expediente cobra 70 euros (iva incluido).
Una vez que el cliente nos ha hecho el ingreso o ha abonado los 70 euros, procedemos a solicitarle la entrega o envío del expediente para estudiarlo. Si tras estudiarlo vemos que podría prosperar el Recurso, seguimos adelante.
Nuestros honorarios son mil euros (se incluye abogado, procurador y poder para pleitos si el cliente está en Barcelona). Si el cliente vive fuera de Barcelona y no hace el Poder para Pleitos con Legalteam, deberá abonar por su cuenta el mencionado poder para pleitos.
Reiteramos que si bien es cierto que los Recursos funcionan y funcionarán mejor en las próximas semanas, este despacho solo hace uso de este instrumento si tras estudiar el expediente vemos que todo, a nuestro juicio, es correcto.
¿Qué tiempo promedio suele tardar este procedimiento judicial?
Unos 4 meses.
¿Qué opina Legalteam sobre el Recurso?
En Legalteam, conscientes de lo importante que es tener la Nacionalidad Española para un extranjero que lleva años en este país, somos extremadamente cuidadosos con este tema y, aunque muchos se enfaden, lamentamos repetir que no tomamos todos los casos porque hemos notado, con esto de los Recursos, que son muchísimos los expedientes que fueron mal presentados en el momento de la solicitud de la Nacionalidad Española. A veces, algunos errores son subsanables; otras veces no. ¿Para qué hacer un Recurso o gastarnos tanto dinero si el Recurso podría no prosperar? ¿Para perder el tiempo? ¿Para perder el dinero? ¿Para que después el interesado sea condenado en costas?
No, no tomamos cualquier caso aun cuando el cliente insista en reiteradas ocasiones.
¿Cómo se paga?
En Legalteam cobramos este tipo de Recurso en dos pagos:
Una vez acordado que podemos interponer el Recurso se debería pagar la primera mitad para comenzar: 500 euros y la segunda mitad al mes siguiente, es decir 500 euros menos los 70 euros pagados para el estudio del expediente que serían 460 euros.
Si estuviera usted interesado facilítenos su teléfono y con gusto le llamamos y organizamos una visita con nuestro Departamento de Nacionalidad.

