«Palabras parónimas». ¿No te suena que son? ¿Te parece un chiste?
Pues las palabras parónimas -toma nota- son aquellas que se escriben o suenan de una manera muy similar, pero que poseen significados diferentes. Por ejemplo, «absolver» y «absorber»; «hibernar» y «invernar», «acético» y «ascético», «confección» y «confesión»….
Si no conocías la respuesta, test no superado y lo más probable es que su solicitud de nacionalidad sea denegada.
Esta es una de las preguntas que se le acaba de hacer a uno de nuestros clientes cuando realizó el “examen de integración” a la hora de solicitar la Nacionalidad Española en el Registro Civil de Barcelona.
¿Hasta cuándo estos cuestionarios absurdos?
¿Dónde queda la seguridad jurídica del ciudadano?
Que somos inmigrantes, no catedráticos!!!
Como se sabe, no existe un cuestionario “único” a la hora de demostrar la integración de un extranjero en España para poder acceder a la Nacionalidad Española. Y no existe porque no hay manera posible de demostrar la integración de una persona en el territorio español. Esto ha traído consigo exámenes que rozan la arbitrariedad: jueces que formulan preguntas a su antojo.
Que son inmigrantes, no catedráticos ni avezados historiadores!!!
¿Examen de Integración o Examen de Cultura General para eruditos a la hora de solicitar la Nacionalidad?
Legalteam denuncia el procedimiento que se está haciendo en cuanto las preguntas que se hacen para obtener la Nacionalidad España.
El principal problema ante esta situación radica en el hecho de que no existe un temario oficial para preparar el test de integración con lo que cada Juez puede formular las preguntas que estime pertinentes en aras a determinar el grado de integración que acreditan los solicitantes de nacionalidad.
A nuestro entender, los jueces están llevando a cabo “una cruzada” para denegar las solicitudes ya que muchas de las preguntas corresponderían más a un test de cultura general que a uno de integración en España.
Por esta razón seguimos a la espera de que el Gobierno que concrete qué tipo de cuestiones han de plantear a los extranjeros que solicitan la nacionalidad española por residencia. El ejecutivo debería definir y acotar los contenidos sobre los que pueden referirse las preguntas que se formulan al interesado, qué criterios se han de tener a la hora de valorar la integración del solicitante y cómo será esa prueba. Pero tras la paralización de la reforma del Registro Civil (Ley 20/2011), prorrogada su entrada en vigor hasta el 30/06/2017, muchos de los que leen esta nota y que van a solicitar la Nacionalidad Española, se verán obligados a seguir jugando a esta especie de ruleta rusa.
Mientras tanto, os dejamos con algunos de los casos más “sonados” y absurdos de denegación de nacionalidad española:
Deniegan la Nacionalidad Española a un nigeriana por decir que Zaragoza tiene playa
Después de 10 años en España, a Magou Ndoye, senegalés, le han denegado la nacionalidad española. La denegación de la petición de concesión de la nacionalidad se produjo el pasado 28 de enero en el Registro Civil de Almería “al no haberse demostrado el grado de integración en la sociedad española”. Su abogado asegura que le hicieron un cuestionario en el Registro Civil y que se le denegó la nacionalidad porque no supo contestar cuando le preguntaron el nombre de la esposa del expresidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero. Ahora, la Audiencia Nacional ha admitido a trámite su recurso.
En un principio, el representante legal de Magoy Ndoye, Marcelo Quilez, explicó a eldiario.es/andalucia que se le había denegado la nacionalidad por no conocer el nombre de la mujer de Rajoy. Ahora, tras consultar con su cliente de nuevo, Quilez rectifica y afirma que la pregunta se refería a la mujer del expresidente José Luis Rodríguez Zapatero, que gobernaba en el momento de la entrevista a Ndoye. (Ver nota de la redacción).
“Le hicieron un cuestionario de preguntas que no está reglado y no sé si se hace en otras provincias –asegura Marcelo Quilez, abogado de Ndoye–. No sé quién elabora las preguntas, pero se las debería haber hecho el titular del Registro y según me dijo mi defendido se las hizo una funcionaria. Se trata de una barbaridad absolutamente ilegal. En este caso, vamos contra el ministro de Justicia e iremos hasta donde haga falta”, confirma el letrado, especializado en defender las causas de los senegaleses en Almería, satisfecho y sorprendido por la celeridad de la Audiencia Nacional en admitir a trámite su recurso.
Marcelo Quilez asegura que en el recurso ha “argumentado que se trata de una barbaridad. Debe de haber miles de españoles que no saben cómo se llama la esposa del presidente del Gobierno. No se le puede denegar la nacionalidad española así a una persona que lleva diez años solicitándola. Además, esto antes esto no se hacía. Ahora les someten a un cuestionario con varias preguntas, que en teoría debe realizar el titular del Registro Civil, pero a mi cliente le hizo las preguntas una funcionaria”.
Carlos Arce, coordinador del área de inmigración de la Asociación Pro Derechos Humanos, explica que “la letra de la ley exige que se acredite suficiente integración en el país. Así que la forma de hacerlo queda a discrecionalidad del juez del Registro civil. Unos lo solucionan a través de una entrevista personal, otros han elaborado una batería de preguntas estándar. A nosotros nos parece que es un asunto muy subjetivo, pero al menos deberían ser preguntas que la media de la población española pudiera contestar”.
Pagando tasas
Se da la circunstancia que Magou Ndoye sobrevive en la capital almeriense dedicado a la venta ambulante y ha tenido que pagar 568 euros para poder presentar el recurso ante las altas instancias judiciales, restando esta cantidad de los ahorros que tenía para poder enviar a su familia y viajar a Senegal. Según manifiesta su abogado, “afortunadamente, la procuradora de Madrid ha rebajado sus emolumentos y yo no le cobro, pero ha tenido que pagar las tasas judiciales de 400 euros. No sé si ha habido más casos pero está claro que los profesionales de la Justicia estamos indignados por estas tasas que se cobran y que están impidiendo que muchos ciudadanos se decidan a pleitear por falta de recursos. Yo, desde luego, voy a por todas y me satisface plenamente que la Audiencia Nacional haya admitido a trámite el recurso y haya emplazado al ministro para que se den explicaciones”.
Incluso la alcaldesa de barrio de la zona donde vive el inmigrante senegalés ha firmado un escrito en el que se informa de que este vendedor ambulante está plenamente integrado en la sociedad local, y además se han presentado una serie de firmas de ciudadanos españoles que confirman su plena integración y denuncian el carácter anticonstitucional de la medida. En concreto, la alcaldesa de barrio del distrito sexto de Almería, Mari Carmen Benigna Díaz, mantiene que “Magou Ndoye está integrado en la sociedad española, con buena conducta y adaptado adecuadamente a las costumbres españolas”. El recurso va acompañado de dos folios de firmas de ciudadanos españoles en su mayoría, lo que prueba la integración en la sociedad de Magou Ndoye.
La procuradora de los Tribunales en Madrid, Carmen Pérez Saavedra, afirma en su escrito que “la referida resolución produce un grave perjuicio al recurrente al considerar como motivo de denegación un supuesto insuficiente grado de integración que en nada se ajusta a la realidad de la situación en que se encuentra nuestro representado, resultando por ello desacorde con el sentido de la Justicia intrínseca de un Estado de Derecho”.
Niegan la nacionalidad a una persona por su discapacidad intelectual
La Audiencia Nacional ha rechazado conceder la nacionalidad española a un ciudadano ecuatoriano residente en Almería que sufre un 67 por ciento de discapacidad psíquica al estimar que el no poder comunicarse por medios escritos en español y el “desconocimiento” de cuestiones tales como quién es Mariano Rajoy o las comunidades autónomas ponen de manifiesto “un insuficiente grado de integración y escasos vínculos” con España a ser, según remarca, “elementales del país del que pretende ser nacional y su sociedad”.
El tribunal confirma así la resolución negativa previa del Ministerio de Justicia y desestima el recurso del demandante, quien reside legalmente en España junto a su madre, su abuela y su tía desde el mes de enero de 2006, por entender que exigir proporcionalmente “menores requisitos de integración cuanto mayor sea la minusvalía psíquica supondría una forma de discriminación positiva no prevista en el ordenamiento jurídico”.
“La integración social en España no sólo depende del conocimiento del idioma a nivel de expresión oral o del alta o asistencia a un taller ocupacional de manualidades”, subraya la sentencia, en alusión a que el demandante, que tiene reconocida sus discapacidad por la Consejería para la Igualdad y el Bienestar Social de la Junta de Andalucía, participa en uno de estos talleres que impulsa la Fundación Andaluza para la Integración Social del Enfermo Mental.
Según recoge el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, fue la madre del demandante, con la que comparte una vivienda cedida, quien solicitó la nacionalidad española para él y obtuvo dos primeros informes favorables durante el trámite.
Sin embargo, en el transcurso de la audiencia con el juez encargado del registro civil, el demandante “no entendió” preguntas como si “tenía amigos españoles o de otros países o quién es Mariano Rajoy” y respondió con “una mueca tras extrañarse” a otras cuestiones como “cuál es la capital de Andalucía, dónde están La Giralda, la Alhambra o el Museo del Prado, o si sabe qué es la mayoría de edad”, conforme dice la sentencia.
Asimismo, indica que contestó “no sabe” a interpelaciones que le instaban a “nombrar tres comunidades autónomas”, a enumerar “cuántas provincias tiene Andalucía o si se encuentra dentro de alguna asociación”.
Sí dio respuesta correcta a las preguntas sobre los colores de la bandera española y andaluza y, en el plano más personal, también supo decir que vive “legalmente en España, que va a un taller porque cree que está estudiando, que recibe una paga, que nunca ha cometido delito y que vive con su madre, su abuela y su tía”.
La resolución por la que se le negó la nacionalidad y cuyo veredicto hace suyo la Audiencia Nacional argumenta también que se le pidió que escribiera un texto a lo que él contestó “que le costaba tomar dictados” y que, seguidamente, se le pidió que leyera el artículo 1 del Código Civil en concreto, “cuya línea de lectura siguió con la dificultad de su discapacidad”.
“De la audiencia y conversación mantenida se desprende que no entiende, ya que contesta con monosílabos, incluso se extraña de las preguntas que se le formulan salvo las formuladas al principio de la entrevista”, concluye la resolución.
El abogado del demandante argumentó en su recurso, que ahora puede elevar ante el Tribunal Supremo (TS), vulneración de derechos fundamentales ya que “la minusvalía psíquica no puede ser tenida en cuenta para discriminar sino que, al contrario, debe tenerse en cuenta para ponderar el grado de integración ya que cumple con los requisitos establecidos en el Código Civil para recibir la nacionalidad española”.
Parece de película pero no lo es. A un inmigrante que solicitó la Nacionalidad española se la denegaron por no saber el nombre del estadio de fútbol del Barcelona, que personaje televisivo mantuvo una relación con un conocido torero y el por desconocer el nombre de la princesa. Por fortuna, la Audiencia Nacional ha decidido aceptar su Recurso y finalmente se la acaba de conceder.
Una sentencia que no tiene desperdicio y que a continuación reproducimos:
Roj: SAN 4736/2014 – ECLI:ES:AN:2014:4736
Id Cendoj: 28079230032014100731
Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
Sede: Madrid
Sección: 3
Nº de Recurso: 1917/2013
Nº de Resolución:
Procedimiento: CONTENCIOSO
Ponente: ISABEL GARCIA GARCIA-BLANCO
Tipo de Resolución: Sentencia
SENTENCIA
Madrid, a veintisiete de noviembre de dos mil catorce.
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En texto: Legalteam detalla las claves para entender el Nuevo Proceso de Nacionalidad Española 2015 y el nuevo Plan Intensivo de Nacionalidad (PIN)
España homogeneizará las reglas para la pruebas de adquisición de la nacionalidad


38 comentarios en “Olvídate de ser español si no sabes lo que son las palabras «parónimas»”
estoy agotada ya con este tema y pensar que nadie con sentido común toma cartas en el asunto. Quizás no es el lugar adecuado pero les quiero agradecer mucho por el buen trabajo que hacen en Legalteam y por el excelente tarto que me dan cada vez que les visito. Por eso los recomiendo a todos mis amigos.
Y DALE COn la burra al trigo!!!! si le hacen el examen hasta a los castizos ,empezando por los de la Real, desaprueban todos!!!! ya el tiempo en el que se le prestaba atención a la ortografía, signos proódicos, conceptos, pasaron a la historia Sr. Ismael…desgraciadamente ha dado paso a una jerga en muchas ocasiones grosera y sin el más mínimo respeto…pero hay ue arar con los bueyes que tenemos…saludos y mis respetos
que hagan esos exámenes a todos los españoles, y los que no aprobemos que nos quiten de españoles y nos envíen como apátridas a una isla desierta. ¡Pleno empleo en España! Emoticono grin
que manera de complicar las cosas. Es un abuso. Por cierto, yo quiero darle las gracias a todo el equipo de Legalteam por tenderme la mano siempre. Gracias a vuestros consejos y a vuestra ayuda hoy puedo decir que ya tengo la nacionalidad española.
A mi que me pregunten si estoy al día con el pago de mis impuestos, si he cometido un delito o una falta administrativa, si respeto a mis vecinos, si hablo seis idiomas… Preguntenme eso y diré que estoy al día. Esto es estar integrado, no las chorradas esas. Ni que fueramos tontos.
me gustaria que esas mismas preguntas se les realisara a jovenes españoles ,les aseguro que no sabran que contestar …..
es verdaderamente una injusticia ya que pagamos impuestos igual que todoa los españoles solo saben exigir pero no nos dan nuestros derechos como personas x que eso somos señores personas !!!
Me parece una auténtica estupidez que la integración se tenga que demostrar con preguntas como estas. Vaya manera de joder a la gente
llevo 20 años aqui en españa legalmente tengo una niña española mi pareja española m deniegan la nacionalidad x no estar intergrado en la sociadad española ya esque m lo tomo a risa estoy en la espera del recurso aver lo que pasa ajajajajajajajajaja