Arraigo Social: características de la oferta de empleo

Debe estar debidamente formalizado, sin correcciones, y firmado por las dos partes de la relación laboral. En el caso de sociedades con administradores mancomunados, el contrato de trabajo deberá estar firmado por todos ellos (además de por la persona trabajadora). Las condiciones fijadas en el contrato se deben ajustar a las establecidas por la normativa laboral vigente para la misma actividad, categoría
profesional y localidad.

La duración mínima del contrato será de un año y se debe indicar expresamente:

– La retribución que percibirá el trabajador/a, expresada en euros (la retribución debe ser como mínimo igual al Salario Mínimo Interprofesional -1.000 euros- a tiempo completo en cómputo anual)

– El número de pagas al año en que se distribuirá la retribución

– Que la fecha de inicio del contrato está condicionada al momento de la eficacia de la autorización que se
solicita.

(Un ejemplo de cláusula que se podría incluir en el contrato a estos efectos sería: “La fecha de inicio de este contrato será la fecha en que la autorización solicitada tenga eficacia y como mínimo estará en vigor durante un año a partir de esta fecha”).

Contrario a lo que erróneamente muchas personas creen; NO es obligatorio un contrato de 40 horas a la semana. También se pueden usar dos o incluso más contratos de trabajo siempre y cuando la suma total de horas alcance las 30 horas a la semana, se trate del mismo sector de actividad y el mismo ámbito geográfico y el salario de todos esos contratos sea como mínimo el Salario Mínimo Interprofesional (1.000 euros).

Ya conocemos las características que debe reunir la oferta de empleo, ahora bien, por parte de la empresa, empresario o empleador debes tener en cuenta que:

  • Si se trata de una Empresa o de un autónomo hace falta el Informe de Vida Laboral de la empresa (VILE) del último año. La empresa o el autónomo deberá reunir una serie de requisitos tales como: que no tiene trabajadores a media jornada, que no ha despedido a trabajadores en el último año, que se encuentra al corriente de pago con Hacienda y con Seguridad Social. Si es un autónomo o empresa deben tener como mínimo un año de actividad.
  • Si se trata de un Autónomo hace falta Declaración de Renta y Certificado de Convivencia del Empleador para mirar la solvencia económica. si es un autónomo o empresa deben tener como mínimo un año de actividad.
  • Si se trata de Servicio Doméstico (empleado de hogar) hace falta Declaración de Renta y Certificado de Convivencia del Empleador. Se pueden utilizar todas las rentas del núcleo familiar siempre que se demuestra mediante documentación el vínculo familiar.

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1 respuesta

  1. Yosvani dice:

    Hola, estos trabajos que publicáis son muy instructivos. ¿Podeis realizar alguno que hable sobre las características del Informe de Arraigo?. Tips sobre cursos que debemos pasar, momento en el que se solicita, errores que no debemos cometer, etc. Gracias

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