Renovación de un permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena: ¿qué dicen el nuevo y el actual Reglamento de Extranjería?

Relacionado (actualizado a las 8.00 am del miércoles 27 de julio): Texto completo del Nuevo Reglamento de Extranjería

A partir de agosto 2022 entrará en vigor el nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería que viene a sustituir el vigente (RD 557/2011).

Actual Reglamento dice:

Artículo 72. Efectos de la renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.

  1. La renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena se hará por un periodo de dos años, salvo que corresponda una autorización de residencia de larga duración, y permitirá el ejercicio de cualquier actividad en cualquier parte del territorio nacional. Los efectos de la autorización renovada se retrotraerán al día inmediatamente siguiente al de la caducidad de la autorización anterior.

Nuevo Reglamento dice:

Se modifica el apartado 1 del artículo 72, que queda redactado en los siguientes términos:

  1. La renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena se hará por un periodo de dos años, salvo que corresponda una autorización de residencia de larga duración, y permitirá el ejercicio de cualquier actividad en cualquier parte del territorio nacional, por cuenta ajena y propia. Los efectos de la autorización renovada se retrotraerán al día inmediatamente siguiente al de la caducidad de la autorización anterior.

Sin duda alguna una importantísima novedad: la renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena habilitará a trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.


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