Alberto es cubano. Había solicitado asilo en España y como cualquier solicitante de asilo, podía ejercer actividad laboral. Estuvo trabajando más de un año y tres meses. Tras denegársele el asilo, optamos por solicitarle un permiso de residencia. Nada le impedía entonces que le solicitáramos un permiso de residencia bajo la figura del Arraigo Laboral antes de que entrara en vigor la Reforma del Reglamento de Extranjería, Reforma que entró en vigor el 16 de agosto de 2022.
El 5 de julio del año pasado (aún no se encontraba en vigor de Reforma del Reglamento de Extranjería) instamos su solicitud de Arraigo Laboral porque podíamos demostrar que se encontraba en España durante al menos dos años y que, en efecto, había ejercido actividad laboral durante un período mínimo de al menos seis meses.
Sin embargo, el 7 de noviembre del año pasado, 4 meses más tarde de haberse presentado la solicitud y con un Reglamento ya reformado, nos denegaron la solicitud. Extranjería alegó que
El artículo 123 del Real decreto 557/2011, de 20 de abril, puesto en relación con el artículo 31 de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, establece los supuestos de obtención de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales, estableciendo como punto de partida que la persona solicitante se encuentre en situación irregular en España. Del examen de la documentación aportada, la consulta con las bases de datos de Extranjería y el Registro Central de Extranjeros, se constata que la persona solicitante no se encuentra en situación irregular en España, de forma que no procede la concesión de la solicitud formulada.
Comprenderéis que nos quedamos atónitos. Lo primero que sientes cuando te llega una denegación es frustración total: ¿qué hemos hecho mal? ¿cómo se lo decimos al cliente? Pero esa sensación de fracaso solo dura pocos minutos. Te reúnes con tu equipo, revisas el expediente mil veces y al final dices: lo hemos hecho bien… ¡perfecto! Hablaremos con el cliente y le convenceremos para que no se quede de brazos cruzados, que recurramos a los Tribunales directamente, que no perdamos el tiempo ni tan siquiera en interponer un Recurso de Reposición ante la oficina de extranjería. ¡No y no! ¡Directo al juez! ¡Directo al Juzgado de lo Contencioso!
Y así hicimos que fuera un juez quien dirimiera el asunto, que fuera un Juez quien dijera si la razón la tenía Extranjería o nosotros. Lo hablamos con el cliente, lo entendió y nos pusimos a preparar el Recurso Contencioso donde con uñas y dientes nos aferramos a nuestras razones que estaban amparadas por la Normativa.
El 22 de diciembre del año pasado, poco más de un mes más tarde de habernos notificado la denegación, presentamos y formalizamos la Demanda. Como es de suponer, el abogado del Estado se opuso a nuestra demanda alegando razones sin sentido alguno (lo comprendemos, su trabajo es oponerse). Pero finalmente el Juez, tras escuchar a ambas partes, optó por darnos la razón condenando con 200 euros a la Administración en concepto de costas. Hoy, justo hoy, nos han notificado la Sentencia 123/2023 que compartimos con todos.
Este caso ilustra una vez más que rendirse es solo una opinión, pero una opinión que no forma parte ni del leguaje ni del proceder de Legalteam. Si no se pelea, si no se lucha, nos anclamos en la frustración. Hay que pelear con uñas y dientes.
Sentencias similares de Arraigo Laboral:
Cuando la relación laboral del solicitante había sido anterior a los dos últimos años:
- Sentencia 121/2022 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 14 de Barcelona
- Sentencia 51/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 de Santander
- Sentencia 85/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 de Sevilla
Cuando la jornada laboral era inferior a las 30 horas y el salario inferior al mínimo interprofesional y tiempo parcial:
- Sentencia 43/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 2 de Bilbao
- Sentencia 16/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 9 de Valencia
- Sentencia 18/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 3 de Valencia
- Sentencia 8/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 2 de Bilbao
- Sentencia 69/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 3 de Bilbao
- Sentencia 92/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 3 de Bilbao
- Sentencia 161/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 8 de Barcelona
- Sentencia 97/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 2 de Bilbao
- Sentencia 121/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 de Pontevedra
- Sentencia 56/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 6 de Bilbao
- Sentencia 159/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 de Granada
- Sentencia 138/20222 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 3 de Bilbao
- Sentencia 218/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 15 de Barcelona
- Sentencia 144/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 4 de Bilbao
- Sentencia 226/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 5 de Barcelona
- Sentencia 228/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 11 de Barcelona
Cuando el solicitante está recurriendo la denegación de Protección Internacional y reconocimiento de compatibilidad de Protección Internacional con Arraigo Laboral:
- Sentencia 59/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 12 de Sevilla
- Sentencia 73/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 de Zamora
- Sentencia 22/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 de Bilbao
- Sentencia 16/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 9 de Valencia
- Sentencia 76/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 4 de Bilbao
- Sentencia 86/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 4 de Bilbao
- Sentencia 111/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 6 de Sevilla
- Sentencia 202/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 de Castellón
- Sentencia 102/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 3 de Bilbao
- Sentencia 147/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 2 de Las Palmas de Gran Canaria
- Sentencia 121/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 de Pontevedra
- Sentencia 150/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 7 de Sevilla
- Sentencia 175/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 4 de Zaragoza
- Sentencia 61/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 4 de Sevilla
- Sentencia 174/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 4 de Zaragoza
- Sentencia 281/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 2 de Tarragona
Cuando un solicitante de asilo que tras denegársele el asilo siguió trabajando:
- Sentencia 113/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 2 de Alicante
- Sentencia 8/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 de Bilbao
- Sentencia 416/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 9 de Madrid
- Sentencia 97/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 2 de Bilbao
- Sentencia 149/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 de Pontevedra
- Sentencia 121/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 3 de Bilbao
- Sentencia 252/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 2 de Gasteiz
- Sentencia 149/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 2 de Bilbao
- Sentencia 149/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 de Pontevedra
- Sentencia 191/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 4 de Bilbao
- Sentencia 156/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 2 de Bilbao
Cuando se fue titular de un permiso de residencia que fue extinguido o denegado y el interesado siguió ejerciendo actividad laboral:
- Sentencia 10/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 7 de Sevilla
- Sentencia 14/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 de Santander
- Sentencia 66/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 de Bilbao
- Sentencia 186/2022 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Vitoria-Gasteiz
Cuando el solicitante trabajó como autónomo o en el sector agrario:
- Sentencia 37/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 6 de Bilbao
- Sentencia 104/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 2 de Cáceres
- Sentencia 187/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 3 de Barcelona
- Sentencia 174/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 5 de Granada
- Sentencia 179/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 5 de Granada
- Sentencia 592/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 3 de Palma de Mallorca
Cuando existe reconocimiento de la relación laboral por parte del empleador mediante escritura pública:
Cuando la relación laboral fue ejercida siendo titular de un Permiso de Estancia por Estudios
- Sentencia 240/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 16 de Barcelona
- Sentencia 176/2022 del Juzgado Contencioso Administrativo Número 5 de Bilbao
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