No se puede hacer reagrupación si esa tarjeta se ha obtenido a su vez por reagrupación familiar, por lo que será necesario cambiar la tarjeta a una autorización de residencia y trabajo. Sí es posible la reagrupación cuando la tarjeta se tiene por haber contraído matrimonio con un ciudadano comunitario. En ese caso, se puede reagrupar a los hijos hasta los 21 años, a los que estén bajo nuestra tutela y a los padres.
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Preguntas frecuentes
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