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Con el proceso extraordinario de regularización, miles de personas están a la espera de obtener su permiso de residencia, mientras miles más ya lo tienen; y aunque hay muchísimas solicitudes pendientes, la realidad es que una vez que se ha presentado la solicitud, el tiempo comienza a correr y, de cara a la nacionalidad española por residencia, eso cuenta.
El reloj comienza a contar desde el momento de presentación de la regularización
Uno de los errores más frecuentes al calcular los plazos de extranjería es asumir que todos los plazos funcionan igual. Sin embargo, aunque en otros casos el período de residencia comienza a contar desde la concesión, en este procedimiento, la regla es clara: lo que determina el inicio de la residencia legal y efectiva es la fecha de presentación de la solicitud del trámite.
Dado que los expedientes de esta regularización se ingresaron en el sistema entre abril y junio de 2026, es exactamente en esos mismos meses de 2028 cuando se cumplirán oficialmente los dos años de residencia legal continuada exigidos por la ley para un número importante de solicitantes.
Y es que la mayoría de esas personas son nacionales de países iberoamericanos. Y ya sabemos lo que eso implica: a los dos años de residencia legal y continuada, pueden solicitar la nacionalidad española por residencia.
Esto coloca dos fechas en el calendario:
- 2026, la fecha a partir de la cual contar el plazo de residencia legal y continuada en territorio nacional.
- 2028, cuando llegará la oleada de solicitudes de naturalización.
Y aquí llega el momento en el que los que ya tienen un permiso, pero que no lo han solicitado por el proceso extraordinario de regularización, deben tomar un decisión o al menos prepararse para ella.
No esperes a que llegue el caos.
Si ya tienes tu permiso de residencia o estás cerca de cumplir el tiempo exigido en cada caso: un año, dos años, cinco o diez (cada caso tiene plazos diferentes), conviene adelantarse. No es exageración: lo que se espera para 2028 no será un simple aumento, será un colapso.
¿Qué puedes hacer desde ahora?
- Prepara y haz el examen CCSE. Tiene una validez de cuatro años, así que puedes hacerlo ya, incluso si aún no cumples los años de residencia.
- Ten tu documentación preparada: certificados, antecedentes, empadronamiento… todo lo que luego te pedirán.
- Presenta la solicitud en cuanto cumplas el plazo exigido, sin dejar pasar tiempo.
Quien llegue preparado, presenta sin obstáculos. Quien espere, se encontrará con una Administración desbordada.

