Recurso Contencioso de Nacionalidad. La Audiencia Nacional cambia el formato del Oficio en el que requiere al Ministerio de Justicia (DGRN) el expediente administrativo tras la interposición del Recurso

Muchos ciudadanos de Pakistán, Marruecos, India… llevan esperando meses por la resolución de satisfacción extraprocesal tras la interposición del Recurso. A finales del pasado mes de enero, Doña María del Mar López Álvarez, subdirectora adjunta de la Dirección General de los Registros y el Notariado había alertado a que esto era consecuencia de que hay muchos «Muhammad», «Mohamed» o «Singh» y que cuando recibían el anuncio del Recurso por parte de la Audiencia nacional no lograban identificar al extranjero. Y en parte tenía razón. La Audiencia Nacional en su Oficio no detallaba ni el NIE del extranjero ni el número de expediente de nacionalidad sino que limitaba a decir que «Muhammad… (…) ha interpuesto el Recurso…»..

Hoy estamos notando un cambio en el formato de estos Oficios. Ahora la Audiencia nacional sí está enviado en su oficio a la DGRN como mínimo, el número de expediente para que la DGRN sepa quién es el interesado.

Todo esto nos inclina a hacer pensar que se ahora deberían ir las cosas más rápido.

Os dejamos con el texto de uno de estos oficios de un caso real de Legalteam:

«Ante este Tribunal y por XXXXXX se ha interpuesto recurso Contencioso-Administrativo contra resolución de ese Departamento por Silencio Administrativo dictada en expediente R508XXX /2018 sobre NACIONALIDAD ESPAÑOLA. Y siendo necesarios los expedientes que motivaron las resoluciones impugnadas, ruego a V. E. ordene la remisión de aquéllos a este Tribunal, originales o copiados, en todo caso completos y foliados y en su caso, autenticado, acompañado de un índice de los documentos que contenga ( Art. 48 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), en el plazo improrrogable de veinte días incorporando al mismo el justificante de los emplazamientos a los interesados de conformidad con el Art. 49 de la Ley de la L.J.C.A.»

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